Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A, 14 de Noviembre de 2016, expediente FRO 023013900/2011/CA001

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 14 de noviembre de 2016.

Visto en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº FRO 23013900/2011 caratulado “PERALTA, R.T. c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD”, (originario del Juzgado Federal Nº 2 de Rosario), del que resulta, Y considerando que:

La parte demandada a fojas 90 interpuso recurso de apelación contra la sentencia de fecha 12 de diciembre de 2014 (fs. 85/87). A 96 dicha parte informa el fallecimiento de la actora y solicita se suspendan los términos. A fojas 106 comparece la hija de la actora, informando que es la única y universal heredera. En fecha 21 de septiembre de 2015 (fs. 107) se ordena continuar la causa, habiéndose notificado a las partes el día 04/11/2015.

En consecuencia la apelante se encuentra notificada en los términos del artículo 259 del C.P.C.C.N. y pese a ello no presentó su memorial de agravios.

Por tanto en virtud del tiempo transcurrido y lo previsto por el artículo 266 del C.P.C.C.N. corresponde declarar desierto el recurso.

Por tanto, Se Resuelve:

Declarar desierto el recurso de apelación interpuesto.

I., hágase saber, comuníquese en la forma dispuesta por Acordada nº 15/13 de la C.S.J.N. y oportunamente devuélvanse los autos al Juzgado de origen. No...

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