Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 9 de Abril de 2018, expediente FCB 018125/2016/CA001

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A Expte.: N°: FCB 18125/2016/CA1 AUTOS: “PERALTA, A.V. c/ ANSES s/MORA ADMINISTRATIVA”

En la ciudad de Córdoba, a 09 días del mes de abril del año dos mil dieciocho, reunida en Acuerdo la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: “PERALTA, A.V. c/ ANSES – MORA ADMINISTRATIVA” (Expte. N°:

18125/2016/CA1) , venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la parte actora en contra de la sentencia de fecha 29 de Septiembre de 2016 dictada por el Juzgado Federal Nº 3, en la que resolvió declarar abstracta la acción por mora entablada en contra de la ANSES, con costas por su orden conforme el art. 21 de la Ley 24.463. Asimismo, reguló los honorarios a favor de la asistencia letrada del actor, doctora S. delV.C., en la suma de pesos Un mil quinientos ($1.500). No correspondiendo regular los de la apoderada de la demandada por tratarse de un profesional a sueldo de su mandante.

Puestos los autos a resolución de la Sala, los señores Jueces emiten su voto en el siguiente orden: IGNACIO MARÍA VELEZ FUNES - GRACIELA S. MONTESI - EDUARDO AVALOS.

El señor Juez de Cámara, doctor I.M.V.F., dijo :

  1. La accionante expresa agravios en su escrito y cuestiona la imposición de costas en el orden causado en los términos del artículo 21 de la Ley 24.463, sin tener en cuenta el art. 68, parte del CPCCN, que prevé el principio objetivo de la derrota por lo Fecha de firma: 09/04/2018 Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.R., Secretaria Firmado por: E.D.A., Presidente de Sala Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CAMARA #28397462#194581603#20180409120331790 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A Expte.: N°: FCB 18125/2016/CA1 AUTOS: “PERALTA, A.V. c/ ANSES s/MORA ADMINISTRATIVA”

    que solicita que las mismas sean impuestas a la demandada vencida.

    Seguidamente, impugnó la cuantía de la regulación de honorarios fijados por el sentenciante, atento que resultan insuficientes conforme la depreciación monetaria por el proceso inflacionario, y solicitan se regulen honorarios por los trabajos desarrollados en la Alzada, con costas (fs. 21/24vta).

    Corrido el traslado de ley, la demandada dejó vencer el plazo para contestar agravios, quedando la causa en estado de ser resuelta (fs. 28).

  2. De los agravios reseñados, surge que las cuestiones a resolver por este Tribunal se circunscriben: a) determinar si resulta correcta o no la imposición de costas por su orden dispuesta por el Juez de grado, y b) establecer si la cuantía de la regulación de honorarios...

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