Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 8 de Octubre de 2019, expediente CNT 001723/2018/CA001

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 48337 SALA VI Expte Nº CNT 1723/2018 (JUZG. NRO. 43)

Autos: “PELOZO CLAUDIA CRISTINA C/JUMBO RETAIL ARGENTINA S.A.

S/DIFERENCIAS DE SALARIOS“

Buenos Aires, 8 de octubre de 2019 VISTO:

Los peritos ingeniero informático y contadora apelan la regulación de sus honorarios, por estimarlos reducidos (fs.

114 y 108/109 respectivamente).

Y CONSIDERANDO:

Que, en consecuencia, atendiendo al mérito y extensión de las tareas desarrolladas, el monto conciliado y las pautas arancelarias de aplicación, la regulación de honorarios de la perito contadora luce reducida, por lo que corresponde elevarla a la suma de $8.000 (PESOS OCHO MIL) (art. 38 ley 18345 y leyes arancelarias de aplicación).

Que asimismo, y teniendo en cuenta las labores encomendadas al perito informático, y aún cuando este presento la pericia luego de ser notificado de la conciliación de autos, lo cierto es que, realizó gestiones tendientes a Fecha de firma: 08/10/2019 Alta en sistema: 09/10/2019 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA #31183787#243864842#20191009124203002 cumplir con su cometido, actividad ésta, que debe ser adecuadamente remunerada.

Que, por ello, considerando el resultado del litigio, su valor económico, las pautas arancelarias de aplicación, los emolumentos fijados al perito informático, lucen reducidos, por...

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