Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 29 de Agosto de 2019, expediente FMP 021076739/2007

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA 21076739/2007 P.M.R. c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO del Plata, AUTOS Y VISTOS:

Que la parte actora, deduce recurso extraordinario sin reparar en lo establecido en el artículo 1° de la acordada 4/2007 que establece –tanto para la interposición del recurso extraor-

dinario como para la contestación del traslado previsto en el artículo 257 CPCCN- que el escrito en cuestión deberá tener una extensión no mayor de 26 renglones.

Luego, en virtud de haberse excedido el límite establecido en la citada regla-

mentación (ver fs. 149/150) corresponde desestimar la presentación interpuesta en estos estrados, sin que se configure en el caso un obstáculo insalvable, cuestión que ha sido debidamente ponderada por esta Alzada (art. 11, acordada cit.).-

Asimismo, se desprende de la presentación referida, que a fs. 142 la accionan-

te revoca el poder otorgado oportunamente al Dr. D.S.L.C..

Por lo expuesto, este Tribunal RESUELVE:

  1. Desestimar el recurso extraordinario deducido por la actora con arreglo a los fundamentos precedentemente expuestos (arts. 1 y 11 acordada 4/07 y arg. art. 257 CPCCN).-

II.-Téngase por revocado el poder otorgado al Dr. D.S., y por presenta-

do al Dr. G.N. en su carácter de letrado patrocinante de la accionante y por constituido el domicilio electrónico denunciado (art. 36, 53 CPCCN).-

NOTIFÍQUESE. REGÍSTRESE. DEVUÉLVASE.-

Fecha de firma: 29/08/2019 Firmado por: DR. E.P.J., Juez...

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