Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Julio de 2009, expediente C 104937

PresidentePettigiani-Soria-Negri-Kogan
Fecha de Resolución15 de Julio de 2009
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 15 de julio de 2009, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresP., S., N., K., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa C. 104.937, "P., C. contra G., M.N. y otro. Regulación de honorarios".

A N T E C E D E N T E S

La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Mercedes revocó la sentencia de primera instancia, desestimando la excepción de prescripción opuesta por las accionadas (fs. 47/49).

Se interpuso, por la parte demandada, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 52/62).

Dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar las siguientes

C U E S T I O N E S

1ª. ¿Ha sido bien concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

Caso afirmativo:

  1. ¿Es fundado aquél?

V O T A C I O N

A la primera cuestión planteada, el señor Juez doctor P. dijo:

1. En los antecedentes del caso, las demandadas recurrentes exponen que la actora reclama la determinación de los honorarios extrajudiciales originados con motivo de las tareas desarrolladas para la celebración del convenio de adjudicación de fecha 11 de noviembre de 2003 (fs. 54/vta.).

También dicen que al contestar la demanda, desconocieron la deuda pretendida e invocaron, en lo que interesa destacar, la prescripción liberatoria bienal establecida por el art. 4032 inc. 1 del Código Civil (fs. 54 vta.).

  1. En lo que concierne a la decisión recurrida, manifiestan que el eje de la cuestión debatida reside en el efecto suspensivo otorgado a la carta documento remitida por el actor mediante la cual se las intima al pago de los honorarios estimados "... en el 10% del valor real de los bienes que habían recibido en virtud del convenio" (fs. 58).

  2. Respecto a losagravios planteados, pese a alegar que no existía suma líquida exigible, sino un "derecho en expectativa ya que no hay honorarios regulados en juicio" (fs. 60 vta.), lo cierto es que tengo para mí que la pretensión procesal deducida por el accionante en la presente causa posee unmonto determinado, el que estaría dado por el diez por ciento del valor del convenio en cuya realización el actor afirma haber intervenido (v. fs. 13 vta.).

  3. En lo que respecta al monto...

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