Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 9 de Mayo de 2016

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita218/16
Número de SAIJ16090108
Número de CUIJ21 - 6216841 - 9

PAZ, F. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS PAZ, F. s/ DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD ROBO CALIFICADO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR LA CAMARA) Cita: 218/16 Nº Saij: 16090108 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 268 Pág. de inicio: 234 Pág. de fin: 238 Fecha del fallo: 09/05/2016 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.M.A.G.R.F.G.M.L.N.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > SUSTRACCION DE MATERIA LITIGIOSA T. > GRAVAMEN CONCRETO Y ACTUAL Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > REQUISITOS COMUNES > GRAVAMEN > CONCRETO Y ACTUAL Tesauro > CUESTION ABSTRACTA Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > REQUISITOS PROPIOS > CUESTION ABSTRACTA Tesauro > ACTUACIONES > ARCHIVO Tesauro > EXPEDIENTE > ARCHIVO Tesauro > PROCESO PENAL > ACTUACIONES > ARCHIVO Tesauro > DELITO > AUTORIA Tesauro > PRUEBA TESTIMONIAL T. >P.P.T. > PROCESO PENAL > IMPUTADO > PRISION PREVENTIVA Tesauro > PROCESO PENAL > PRISION PREVENTIVA CONSTITUCIONAL - PROCESAL - PENAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. INADMISIBILIDAD. REQUISITOS FORMALES.

GRAVAMEN CONCRETO Y ACTUAL. SUSTRACCION DE MATERIA. PROCESO PENAL. PRISION PREVENTIVA. ACTUACIONES. ARCHIVO. DELITO. AUTORIA. DECLARACION TESTIMONIAL.

Teniendo presente que el F. actuante dispuso el archivo de la causa por no haber elementos suficientes de prueba para fundar la requisitoria de apertura a juicio y consideró no razonable objetivamente prever la incorporación de nuevas pruebas; y que a través de la presente vía extraordinaria la impugnante pretendía, en definitiva, se declare la nulidad de la declaración del coimputado menor de edad, utilizada -según la defensa- como única evidencia de cargo para sostener la probable autoría del imputado y con ello, revocar la prisión preventiva dictada; la cuestión aquí debatida ha perdido interés jurídico actual, atento a que se ordenó la libertad de su defendido, disipándose los gravámenes oportunamente planteados ante esta Sede, demostrándose en consecuencia, la inoficiosidad del dictado de una sentencia de mérito. - CITAS: CSJN: Fallos 328:1488; 331:2309; CSJStaFe: AyS T 118, p 217; T 130, p 161; T 238, p 323; T 266, p 456.

Texto del fallo Reg.: A y S t 268 p 234/238.

En la ciudad de Santa Fe, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil dieciséis, se reunieron en acuerdo los señores Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe doctores D.A.E., M.A.G. y M.L.N., con la presidencia del titular doctor R.F.G. a fin de dictar sentencia en los autos caratulados "PAZ, F. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS: 'PAZ, FERNANDO sobre DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD ROBO CALIFICADO' - (CUIJ 21-06216841-9) sobre RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR LA CÁMARA)" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00510212-7). Se resolvió someter a decisión las siguientes cuestiones: PRIMERA: ¿es admisible el recurso interpuesto? SEGUNDA: en su caso, ¿es procedente...

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