Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA C - CAMARA EN LO COMERCIAL, 26 de Junio de 2014, expediente 102425.99

Fecha de Resolución26 de Junio de 2014
EmisorSALA C - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación "PAZ FERNANDO MAXIMO C/ FRANKEL MIGUEL JOSE Y OTRO S/ ORDINARIO"

Expediente Nº 102425.99 Juzgado Nº 24 - Secretaría Nº 48 Bueno s Aires, 26 de junio de 2014.

Y VISTOS:

  1. En la presente demanda se persiguió la rendición de cuentas correspondiente a cierto paquete accionario.

    Desde tal perspectiva, el valor comprometido en el juicio no debería estar dado por las acciones en sí mismas sino, en su caso, por la venta y demás aspectos económicos que se hubieran derivado de la gestión de tales bienes.

    En tales condiciones, y al haber sido rechazada tal rendición, es claro que nos encontramos frente a una causa de monto indeterminado.

    Sin perjuicio de ello, es del caso señalar que aún cuando se tomara como pauta referencial el concreto valor de tales acciones, lo cierto es que no se cuenta en autos con una tasación que nadie instó, lo cual vuelve absolutamente imposible afectar a esas acciones un valor determinado.

  2. Sentado ello y habida cuenta la tarea profesional cumplida, su utilidad, el tiempo insumido y la naturaleza del asunto, se confirman en veintiocho mil pesos ($ 28.000) los honorarios del letrado patrocinante de la actora, Dr. G.F.L., se elevan a cincuenta mil pesos ($ 50.000), a setenta y dos mil pesos ($ 72.000), a treinta mil "PAZ FERNANDO MAXIMO C/ FRANKEL MIGUEL JOSE Y OTRO S/ ORDINARIO" Expediente Nº 102425.99 Poder Judicial de la Nación pesos ($ 30.000) y a seiscientos pesos ($ 600) los de los letrados patrocinantes de la misma parte, D.. R.A.N., M.P., R.L.T. y P.N., respectivamente, a cuarenta y ocho mil pesos ($ 48.000) y a treinta y seis mil pesos ($ 36.000) los de los apoderados del codemandado M.J.F., D.. M.M. y A.E.K., respectivamente, a veinticuatro mil pesos ($ 24.000) los de cada uno de los letrados patrocinantes de la misma parte, D.. G.E.R. y A.V.B., a sesenta y seis mil pesos ($ 66.000) los de cada uno de los letrados apoderados de la codemandada R.S.A., D..

    R.A.E. y R.B.E., y se confirman en mil cuatrocientos pesos ($ 1.400) los del mediador, Eduardo G.

    Moncalvo. Por la incidencia de fs. 1995/6, se confirman en seis mil pesos ($ 6.000) los estipendios de la Dra. M.P.. Por la incidencia de fs.

    2495, se confirman en cuatro mil pesos ($ 4.000) los emolumentos de la Dra. M.P.. Por la incidencia de fs. 1590/93, se confirman en cinco mil pesos ($ 5.000) los honorarios de cada uno de los Dres.

    M.M., A.E.K., R.A.E. y Raúl B.

    Etcheverry. Por la incidencia de fs. 1221, se confirman en seis mil pesos...

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