Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 30 de Junio de 2023, expediente CNT 044890/2021/CA002

Fecha de Resolución30 de Junio de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 54115

CAUSA Nº 44890/2021- SALA VII - JUZGADO Nº 42

AUTOS: "PAZ, A.I.C./ INSTITUTO CENTRAL DE

CAPACITACIONES PARA EL TRABAJO SRL S/ DESPIDO”.

Buenos Aires, 29 de junio de 2023.

Y VISTOS:

La parte actora, el 19 de marzo de 2023, apela la Sentencia Definitiva incorporada al sistema de gestión lex 100 a fs. 94/95, sin réplica de la contraria. Cuestiona lo decidido en materia de costas y honorarios, porque los considera elevados.

Por su parte, el perito contador J.R., el 16 de marzo de 2023, cuestiona los honorarios que le fueron regulados,

porque los estima reducidos.

Y CONSIDERANDO:

I- La parte actora cuestiona lo decidido en materia de gastos causídicos y el Tribunal juzga que corresponde confirmar lo decidido en la sentencia de grado, en la que las costas fueron impuestas en el orden causado.

Es que, como es sabido, el principio general en la materia impone que las costas sean soportadas por la parte vencida, quien debe afrontar todos los gastos efectuados por su contraria en el juicio.

Es lo que se denomina principio del vencimiento objetivo o principio objetivo de la derrota, que requiere que en el litigio haya un “vencedor”

y, por ende, un “vencido” y desecha la injerencia de factores subjetivos. Es decir que la responsabilidad que recae sobre la parte vencida encuentra justificación en la mera circunstancia de haber gestionado un proceso sin éxito, así como en la correlativa necesidad de resguardar la integridad del derecho que la sentencia reconoce a la parte vencedora.

Y si bien el referido principio admite excepciones, como las que se verifican cuando median determinadas circunstancias que permiten inferir la existencia de una razón fundada para litigar, de suficiente elasticidad para resultar aplicable cuando por las particularidades del caso quepa considerar que la parte vencida actuó

sobre la base de una razonable convicción acerca del derecho pretendido en el pleito, lo cierto es que ello en modo alguno puede conducir a eximir a la accionante -quien resultó perdidosa en su Fecha de firma: 30/06/2023

Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.S.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B.Q., SECRETARIA DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación reclamo principal- en forma total de las costas del juicio, como parece pretenderlo en su memorial de agravios, pues ello no se compadece con las directivas que dimanan de la normativa vigente y aplicable en la materia. Consecuentemente, he de postular que se confirme este aspecto del decisorio apelado, de acuerdo a lo...

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