Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 7 de Octubre de 2021, expediente CNT 025880/2014/CA002

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.INT.Nº: EXPTE. Nº: 25880/2014/CA2

JUZGADO Nº: 12 SALA X

AUTOS: “PAVON ENRIQUE MARIO Y OTROS C/ TELEFONICA DE

ARGENTINA S.A. S/ DIFERENCIAS DE SALARIOS”

Buenos Aires,

VISTOS:

Los recursos de apelación deducidos por la demanda, la representación letrada de la actora y el perito contador.

Y CONSIDERANDO:

Que en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes, los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la parte actora, demandada y perito contador resultan equitativos por lo que cabe confirmarlos (conf. Art. 6,7,9,19,22 y concordantes ley 21.839, ley 27.423, art. 38 L.O. y arts. 3 y 12 del dec. Ley 16.638/57)

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la parte actora, demandada y perito contador. 2) Cópiese, regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.

Fecha de firma: 07/10/2021

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

ANTE MI:

F.T.

Fecha de firma: 07/10/2021

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

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