Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL, 22 de Diciembre de 2022, expediente FMP 023013/2017/CA003

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

del Plata, de diciembre de 2022.-

VISTOS:

Estos autos caratulados: PATETTA, A.N. Y OTROS c/

ESTADO NACIONAL- MINISTERIO DE DEFENSA-ESTADO MAYOR

GENERAL DE LA ARMADA s/DIFERENCIAS SALARIALES, Expediente FMP

23013/2017, provenientes del Juzgado Federal N° 2, Secretaría N° 5 de esta ciudad.-

Y CONSIDERANDO:

  1. Que se convoca nuevamente la intervención de este Tribunal con motivo de la presentación digital interpuesta el día 26/08/2022 por la Dra. M. de los Ángeles Arcidiacono, mediante la cual solicita la regulación de sus honorarios por la actuación desplegada en segunda instancia.

  2. Ahora bien, atento el estado de autos y la tarea realizada por la letrada solicitante ante esta instancia, a saber: en fecha 10/03/2021 -contestación de traslado del recurso de apelación interpuesto contra sentencia definitiva-,

conforme lo establecido en el art. 30 de la ley 27.4723 corresponde regular los emolumentos solicitados, tomándose como base arancelaria los honorarios fijados en el decisorio de fecha 02/02/2022 que fueron disminuidos por esta Alzada en fecha 06/05/2022 a la suma de $449.027 respecto de las tareas llevadas a cabo durante la primera etapa del proceso, y confirmados en relación a la segunda y tercera etapa del mismo en la suma de $777.715, equivalentes a 170,29 U.M.A. (Ac. 12/2021 C.S.J.N.).

Por ello, este Tribunal;

RESUELVE:

Regular los emolumentos de la Dra. M. de los Ángeles Arcidiacono en la suma de pesos TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL VEINTIDÓS

($368.022), equivalentes a 80.58 U.M.A, conforme Ac. 12/2021 de la C.S.J.N. -

Fecha de firma: 22/12/2022

Firmado por: W.D.P., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA

art. 51 ley 27.423- con más los aportes previsionales, e IVA por revestir la calidad de responsable inscripta; todo ello, a la fecha de la base arancelaria (art.

30 ley 27.423). REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.

DR. A.O.T.D.E.P.J.

JUEZ DE CÁMARA JUEZ DE CÁMARA

Se deja constancia que se encuentra vacante el cargo de tercer integrante de este Tribunal (art. 109 RJN); que los jueces han firmado electrónicamente esta sentencia desde sus respectivos despachos; y que en el día de la firma de la misma en el Sistema Lex 100 fue notificada electrónicamente a las partes con domicilio constituido.

DR. WALTER D. PELLE

SECRETARIO

Fecha de firma: 22/12/2022

Firmado por: W.D.P., SECRETARIO DE...

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