Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 19 de Diciembre de 2019, expediente CCF 011452/2018

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 11452/2018 P, R.E. c/ INSTITUTO NAC. DE SER

  1. SOC PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 19 de diciembre de 2019.-

    VISTO: el recurso de apelación interpuesto por el demandado a fs. 29/32 -allí fundado y que fue replicado a fs. 45/vta.- contra la resolución de fs. 21/22 vta. y su ampliación de fs. 38; y CONSIDERANDO:

  2. Que, en las resoluciones cuestionadas, la magistrada interviniente hizo lugar a la medida cautelar requerida por la hija de R.E.P. y ordenó al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS -de aquí en más, INSSJP- que brinde al afiliado la medicación Lenvatinib (Lodatir) 10 mg.

    por 30 comprimidos y Lenvatinib (Lodatir) 4 mg. por 30 comprimidos (dos cajas), de acuerdo a la prescripción del médico que lleva adelante el tratamiento de la enfermedad que padece -cáncer renal, estadio

    IV- (conf. fs.

    6/7).

    Para así decidir, la a quo destacó que la documentación acompañada sumada a la indicación del profesional que atiende al amparista acreditan el peligro en la demora alegado que justifica la procedencia de la protección cautelar. A su vez, tuvo en cuenta la negativa expresa del instituto con relación a la medicación prescrita por el médico oncólogo que atiende al afiliado y las normas constitucionales en materia de salud a fin de tener por demostrada la verosimilitud en el derecho.

  3. Contra la mentada decisión el INSSJP interpuso el recurso detallado en el visto. En sus agravios, expone que la manda judicial tiene una manifestación aparente, pues el instituto no ha rechazado la medicación requerida sin justificación sino que ha dado tratamiento a cada petición del beneficiario habiendo autorizado la drogas prescriptas por el Fecha de firma: 19/12/2019medico tratante. Cuestiona que la a quo haya dictado la medida sin darle Alta en sistema: 23/12/2019 Firmado por: A.S.G.-.E.D.G., #32956027#252291739#20191218131459376 intervención y en base -uniciamente- a la documentación acompañada por la requirente cuando su parte estuvo brindando las diferentes drogas que se le fueron indicando al actor. Agrega que su parte ofreció fármacos alternativos con iguales efectos pero con convenio con el INSSJP. Afirma que el profesional que atiende al actor indicó con fecha 16.11.19 ácido zoledrónico junta a everolimus, medicación que fue aprobada por el instituto con fecha 20.11.18 y expone que la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR