Qué pasó con la ley de alquileres que aprobaron en el Congreso

Después de un año de espera, la Cámara de Diputados dio el visto bueno a la propuesta de la oposición

El mercado inmobiliario empieza a ver la luz al final del túnel. En una sesión especial que empezó pasadas las 12.30 del mediodía y terminó antes de las cuatro de la tarde, la Cámara de Diputados aprobó con 125 votos positivos , 112 negativos y tres abstenciones el dictamen de minoría de la oposición para modificar la ley de alquileres.

La propuesta de la oposición consiste en nueve puntos principales , entre las que se encuentran los puntos más controversiales de la normal actual :

  1. Duración del contrato. El plazo de los contratos vuelve a ser de un mínimo de dos años -como establecía el Código Civil y Comecial- y no de tres como establece la ley vigente. Cabe aclarar que este plazo de dos años no aplica para determinados tipos de alquiler, como contratos de locación a diplomáticos o alquileres temporarios que tengan fines turísticos, de descanso o similares, hecho que amplía el universo de destinos de alquiler temporario.

  2. Cada cuánto aumenta la cuota de alquiler. El precio del alquiler se actualiza cada cuatro meses mínimo a 12 meses como máximo, mientras que la ley actual obliga a aumentar el monto del contrato una vez por año.

  3. Se vuelve a permitir el escalonamiento. "Es decir, se pueden fijar los aumentos desde el principio. Cómo era hasta 2020″, explica González Rouco.

  4. Se mantiene la indexación y puede asociarse a otros indicadores. Al no derogarse al ley, se pueden indexar los contratos. La diferencia es que se pueden asociar al Indice de Contratos de Locación (ICL) elaborado por el Banco Central sino que también pueden indexarse con el incremento el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices.

  5. Se permiten los pagos anticipados de hasta un mes. Si la vivienda es habitacional, no puede exigirse al inquilino el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes.

  6. El registro de los contratos en la AFIP. Se mantiene la obligación de registrar en AFIP, que ya existía antes de la ley actual.

    La propuesta de la oposición consiste en retrotraer el plazo de los contratos a dos años de nuevo entre otros puntos

  7. Las reparaciones quedan a cargo del propietario. En caso de ser urgentes, se deben resolver en menos de 24 horas desde la...

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