Qué pasará con el impuesto a las ganancias cuando se cobre el aguinaldo

-¿Cuándo se cobrará el medio aguinaldo?

-Tal como lo dispone la ley 27.073, la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) debe ser abonada por los empleadores no más allá del 18 de diciembre.

-¿Tributa Ganancias el aguinaldo?

-Sí. La última reforma legal no dejó a este pago al margen del impuesto. Pero sí modificó la manera en que el empleador hace la retención de la carga tributaria correspondiente. Así, en lugar de aplicar todo el descuento en los momentos de pagar el medio aguinaldo (en junio y diciembre), se adiciona, en cada mes y a los fines de hacer el cálculo del impuesto, un 8,33% extra (una doceava parte del sueldo. De esta manera, se logra que el pago del impuesto correspondiente al aguinaldo se prorratee (se reparta) a lo largo de todo el año.

-¿Esto significa que ya está abonado el impuesto a las ganancias correspondiente al medio aguinaldo que se cobrará en los próximos días?

-En gran medida, sí. Pero lo más probable es que haya algún saldo a pagar. Esto último puede ocurrir, por ejemplo, porque el medio aguinaldo se calcula como el 50% de la mayor remuneración mensual. Y como por lo general los salarios tuvieron recomposiciones, entonces el ingreso sobre el que se estimó aquel 8,33% era inferior al monto que se usará para calcular el pago de fin de pago. Esto provoca un ajuste en el cálculo del tributo. También puede haber ocurrido, en algunos casos, que el empleador tardó en actualizar sus sistemas, a inicios de año, para hacer el descuento adicional, y que se esté realizando una compensación en estos meses. Y también podría haber casos de empresas que no hicieron el prorrateo; en estos casos, está todo el impuesto pendiente de ser retenido.

-Si hay un saldo por pagar, ¿se hará la retención antes de fin de año?

-Según aclaran en la AFIP, es una decisión de las empresas si aplican el descuento total ahora o si lo prorratean y dividen la carga en los próximos meses. La liquidación final del impuesto por el período fiscal 2017 se hace después del 31 de enero. Así, con el pago de los sueldos de enero y febrero aún pueden completarse los pagos al fisco.

-¿Hasta cuándo hay tiempo para declarar deducciones o pagos a cuenta?

-Las deducciones son montos por determinados gastos realizados, que se descuentan del ingreso sobre el cual se calculará el impuesto. Los pagos a cuenta, en cambio, se restan directamente del monto del impuesto. Para declarar estos dos conceptos hay tiempo hasta el 31 de enero de 2018.

-Más allá de esa...

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