Qué pasa si no voto hoy en las PASO o si estoy en el exterior

Qué pasa si no voto o si estoy en el exterior este domingo de elecciones PASO

Las elecciones PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) 2023 se llevan a cabo este domingo. Hoy, todos los ciudadanos habilitados para sufragar tienen el derecho y la obligación de asistir a las urnas y, por eso, muchos se preguntan qué sucede si no pueden hacerlo, cuáles son las sanciones y multas que se les aplica y quiénes están exentos de votar . Además, ¿qué ocurre si alguien se encuentra en el exterior en este día de elecciones?

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Qué pasa si no voto en las elecciones PASO 2023

Las elecciones PASO son de carácter obligatorio en la Argentina . Por eso, todos los electores de entre 18 y 70 años que figuren en el padrón deben acercarse a las escuelas a votar, mientras que es optativo para quienes tengan 16 y 17 años o sean mayores de 70 años.

Tal como indica el Gobierno Nacional, a quienes deban sufragar y no puedan justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no emitieron su voto, les corresponde una multa económica y quedan incorporados en el Registro de Infractores al deber de votar . Asimismo, no pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Además, quienes no paguen la multa, no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

Quiénes están exceptuados de ir a votar

De acuerdo al artículo 12 del Código Electoral Nacional, las personas que quedan exentas de la obligación de sufragar en las elecciones son las siguientes:

Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.

Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Deben obtener el certificado en la comisaría más próxima y, luego, subir la documentación en el sitio web de la CNE.

Las personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deben ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en...

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