Partido Proyecto Popular - Distrito Corrientes

Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2010

Miércoles 3 de noviembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.020 45 apercibimiento de lo dispuesto por el art. 50 inc. d) de la Ley 23.298.RegÃstrese. NotifÃquese. OfÃciese a la C.N.E.,

DINE y T.E.P. de la Provincia de Misiones.Dr. Ramón Claudio Chavez, Juez Federal de Instrucción Penal Correccional y Competencia Electoral.

Eduardo José Bonetto, Secretario Electoral, Distrito Misiones.

Carta Orgánica del Partido Proyecto Popular CapÃtulo I Denominación, SÃmbolos y Domicilio ArtÃculo 1: El Partido Proyecto Popular adoptara los sÃmbolos, colores y logotipos que establezcan oportunamente las autoridades del distrito. El domicilio se fija en la calle Córdoba 1677 Of. 21 de la ciudad de Posadas.

CapÃtulo II De los Objetivos ArtÃculo 2: El Partido Proyecto Popular afirma la necesidad del régimen democrático, participativo, representativo y republicano federal, como asà también los principios y fines de la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia de Misiones, fijando como objetivos básicos los establecidos en su declaración de principios y bases de acción programática.

CapÃtulo III De los Afiliados y Adherentes ArtÃculo 3: Podrán se miembros del Partido Proyecto Popular todos los argentino nativos o por opción mayores de 18 años de edad y los extranjeros empadronados en la justicia electoral, que acepten su declaración de Principios, Carta Orgánica y Programa de Acción PolÃtica, cumplan las decisiones del Partido, respeten la disciplina partidaria y las demás obligaciones estatutarias. La afiliación se mantendrá abierta en forma permanente aunque anualmente se realicen campañas de afiliación. La solicitud de afiliación será presentada ante el organismo partidario que corresponda al último domicilio anotado en el documento electoral del solicitante.

ArtÃculo 4: La calidad de afiliado deberá ser transmitida o desechada dentro del los treinta dÃas de presentada la solicitud. Transcurrido ese plazo sin que hubiere pronunciamiento alguno, se la tendrá por aprobada.Una ficha de afiliación se le entregara al interesado y las restantes se conservaran en el partido para su incorporación al registro de afiliados que organizara y llevara bajo su responsabilidad, con arreglo a las disposiciones e instrucciones que dicten las autoridades judiciales con competencia electoral en la Provincia de Misiones. Si el interesado estuviere disconforme con el rechazo de su solicitud, podrá deducir recurso de apelación dentro de los cinco dÃas de notificado, ante la Junta Ejecutiva del distrito, cuya decisión fundada será inapelable.

ArtÃculo 5: Son derechos de los afiliados:

  1. Elegir y ser elegido para los puestos dirigentes del partido y para cualquier candidatura a cargos públicos electivos conforme a las leyes vigentes.

  2. Participar en las reuniones y discusiones de los organismos partidarios a los que pertenezca, ser informado, hacer conocer sus puntos de vistas, contribuir a la elaboración y difusión de la lÃnea polÃtica partidaria.

  3. Solo los afiliados tienen derecho a ser elegidos en los cargos partidarios.

    ArtÃculo 6: Son obligaciones de los afiliados:

  4. Aceptar las disposiciones emanadas de los organismos partidarios y obrar consecuentemente con ello.

  5. No realizar actos que lesionen o entorpezcan las decisiones adoptadas por los organismos de conducción.

  6. Ningún afiliado o núcleo de afiliados, podrán atribuirse la representación del Partido, de sus Organismos o de otros afiliados, sino estuvieren legÃtimamente autorizados.

    ArtÃculo 7: Son adherentes los argentinos menores de 18 años y los extranjeros. Deben solicitarlo y recibirán constancia de su adhesión.Gozaran de los mismos derechos y obligaciones que los afiliados, excepto en materia electoral.

    CapÃtulo IV Del Gobierno y Administración del Partido ArtÃculo 8: Son órganos de conducción: El Congreso de Distrito y la Junta Ejecutiva Provincial. El órgano de fiscalización es la Comisión Revisora de Cuentas y el órgano disciplinario es el Tribunal de Conducta.

    ArtÃculo 9: De acuerdo a la declaración de principios del Partido Proyecto Popular, todos los organismos de conducción respetaran el cupo femenino conforme a lo dispuesto por la legislación vigente.

    Consecuentemente, las listas para elecciones internas se conformaran respetando las proporcionalidades indicadas.

    Del Congreso de Distrito ArtÃculo 10:El Congreso de Distrito es su organismo supremo y representa la SoberanÃa Partidaria.

    Será elegido por el voto directo y secreto de los afiliados de la Provincia de Misiones.

    Estará integrado por 3 miembros titulares y 1 suplente, duraran cuatro años en sus funciones y podrán ser reelectos.

    ArtÃculo 11: El quórum se formara con la mayorÃa simple de sus integrantes ArtÃculo 12: Serán autoridades del Congreso de Distrito, un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario General.

    ArtÃculo 13: Se reunirá en sesiones ordinarias por lo menos una vez cada al año y en sesiones extraordinaria cuando lo convoque la Junta Ejecutiva o a solicitud de un 20%. de los afiliados del distrito. Para ser miembro del Congreso de Distrito se requiere ser afiliado y figurar en el padrón de electores de la Provincia de Misiones con una antigüedad no menor a dos años.

    ArtÃculo 14: Corresponde al Congreso de Distrito:

  7. Fijar los lineamientos polÃticos a desarrollar por el partido y expedir los reglamentos necesarios para su mejor gobierno.

  8. Sancionar y modificar la declaración de principios, el programa o bases de acción polÃtica.

  9. Aprobar la fusión, conformación de frentes y alianzas con otro partido o partidos de distrito.

  10. Reformar la presente Carta Orgánica mediante el voto favorable de la mayorÃa simple de los miembros siempre que se halle incluido en el temario de convocatoria.

  11. Nombrar la Junta Electoral, la Comisión revisora de cuentas y el Tribunal de Conducta. Dictar sus reglamentos internos, considerar la Memoria y Balance anual en la primera reunión ordinaria.

  12. Aprobar lo actuado por la por la Junta Ejecutiva Provincial, Comisión Revisora de...

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