1696/06 -partido Asambleas Populares S/reconocim -cap Fed

Fecha de disposición06 Septiembre 2007
Fecha de publicación06 Septiembre 2007
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
Número de Gaceta31233

ANEXO I. VARIABLE 1:

ANEXO I. VARIABLE 2:

ALINA DANIELA SAYAL, Secretaria Electoral.

  1. 06/09/2007 N° 556.239 v. 10/09/2007 PARTIDO ASAMBLEAS POPULARES Distrito Capital Federal RESOLUCION Nº: 105/07

    Buenos Aires, 28 de agosto de 2007.

    AUTOS Y VISTOS:

    Para resolver en la presente causa caratulada 'Partido Asambleas Populares s/ reconocimiento -Capital Federal', Expte. Nº 1696/06, del registro de causas de esta Secretaría Electoral de la Capital Federal y,

    CONSIDERANDO:

    I) Que a fs. 17 se presenta el Sr. Juan Carlos Yaggi y la Sra. Analía Casafú, ambos en su carácter de apoderados de la agrupación Partido Asambleas Populares, iniciando los trámites tendientes a la obtención de la personería jurídico política de su representado como partido de distrito.

    Que en la referida presentación, acompañan la documentación de la que da cuenta el informe Actuarial obrante a fs. 19, a saber: Acta fundacional, obrante a fs. 1/11, donde consta el nombre adoptado, la designación de apoderados, la designación de los miembros de la Junta Promotora y el domicilio partidario; en la misma acta se aprueba la Carta orgánica, obrante a fs. 12/16; Declaración de Principios, obrante a fs. 1/2; Bases de acción política, obrante a fs. 2/3.

    Que a fs. 23/27, obran las ratificaciones de los Miembros de la Junta Promotora, de las firmas insertas en la documentación acompañada.

    II) A fs. 28, se ordena comunicar al Superior la iniciación del trámite de reconocimiento de la agrupación de autos, de conformidad con lo establecido en la Acordada 81/90 de la C.N.E.

    Amén de ello, se ordena la notificación a las agrupaciones en trámite de reconocimiento, partidos distritales, nacionales, partidos a los que se les ha decretado la caducidad de su personería jurídico política y al Sr. Procurador Fiscal, del nombre de la agrupación de autos, como así también la fecha en que fuera adoptado, a los fines previstos por el art. 14 de la Ley 23.298.

    Asimismo, y con idéntico fin, se ordena la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Nación por el término de tres (3) días (conf. Art. 14 --segundo párrafo--, y art. 60 de la Ley 23.298).

    III) A fs. 58, 60, 62, 69, 76, 78, 80, 108, 423, 425 y 429, obran presentaciones en las cuales fueron acompañadas las adhesiones necesarias para dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 7, inc. a), de la Ley 23.298.

    IV) A fs. 67, en cumplimiento con lo dispuesto por la Acordada Nº 81/90 de la C.N.E., se ordena oficiar a la Excma. Cámara Nacional Electoral, a fin de que informe a este Tribunal si en los restantes distritos electorales existe algún partido reconocido, o en trámite de reconocimiento con el mismo nombre que el adoptado por el partido de autos.

    A fs. 74, se encuentra glosado el Oficio mediante el cual el Superior informa a este Tribunal que el Partido Popular Democrático se encuentra en trámite de reconocimiento únicamente en este distrito de Capital Federal, y que el referido partido no ha obtenido personería jurídico-política en distrito electoral alguno.

    A fs. 430, obra agregado el informe de la Oficina de Partidos Políticos, del cual surge la cantidad de adhesiones que la entidad de marras ha acompañado ante este Tribunal como así también, las adhesiones que resultaron válidas, previo el correspondiente control.

    A fs 427, se...

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