Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 13 de Marzo de 2019, expediente CFP 009165/2015/5/CA002

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 9165/2015/5/CA2 CCCF – Sala I CFP 9165/2015/5/CA2 “P., O.A. s/

procesamiento”

Juzgado N° 9- Secretaría N° 18 Buenos Aires, 13 de marzo de 2019.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I.M. la intervención del Tribunal el recurso de apelación interpuesto por la Dra. M.E.G. a fs. 22/8 contra el dispositivo I de la resolución obrante a fs. 1/17 mediante la cual el Sr. Juez de grado dispuso el procesamiento de O.A.P. como coautor del delito de concusión -art. 266 del CPN-

identificado como “Hecho I”, y mando a trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de $50.000.

Por su lado, la parte querellante, representada por el Dr. L.P.B., hizo lo propio a fs. 18/20 contra el dispositivo II que decretó la falta de mérito del nombrado en orden al suceso identificado como “Hecho II”.

  1. El objeto procesal de los presentes actuados se circunscribe en dos hechos.

    Hecho I: se le atribuyó a O.P. en su carácter de Jefe de la División Redes de la PFA haberle exigido el día 26/8/2015 al Agente M A S, mediante intimidación signada por abuso de autoridad y sobre un contexto de hostilidad, dinero a cambio de mejora en el régimen de recargo de servicios. Al negarse el mismo a aceptar su propuesta, P. modificó el contenido, horario o extensión de las tareas de S, haciéndolo objeto de toda clase de hostigamiento, incluidas amenazas de sanción o degradación de tareas de inferior nivel, al punto tal que el nombrado debió pedir traslado a otra dependencia.

    Hecho II: se le imputó, entre los años 2013 y 2016, Fecha de firma: 13/03/2019 Alta en sistema: 14/03/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.V. , SECRETARIA DE CAMARA #33134395#229068817#20190313102739329 en el mismo rol, haber manipulado las planillas de recargo de servicio haciendo figurar coberturas inexistentes con el objeto de obtener un beneficio económico para sí y para el personal que le era afin. Así el personal que rechazaba el ofrecimiento registraba cómputos de prevencionales inferiores al promedio o bien no se les asignaba las recargas de servicio cumplimentadas.

  2. La asistencia letrada de P. al elaborar sus agravios negó la responsabilidad penal en los hechos que se le atribuyeron y sostuvo que de la resolución puesta en crisis no se advierte una debida valoración de las pruebas obrantes en autos.

    Destacó la ausencia de material...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR