Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 18 de Agosto de 2015, expediente CNT 045236/2009/CA001

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA DEFINITIVA NRO.: 104659 EXPEDIENTE NRO.: 45236/2009 AUTOS: PAREDES HORACIO c/ CHIAVETTO OSCAR CELESTINO Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la ciudad de Buenos Aires, el 18 de agosto de 2015, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

La Dra. G.A.G. dijo:

Contra la sentencia de la instancia anterior se alzan las partes actora y demandada a tenor de los respectivos memoriales obrantes a fs. 431/432 y 422. También apela la perito médica y el perito contador sus honorarios (fs. 424 y 430, respectivamente), por considerarlos reducidos.

Razones de orden metodológico me llevan a dar liminar tratamiento a la queja que vierte la parte actora, quien se queja por cuanto la Judicante de grado rechazó la demanda incoada por el trabajador en reclamo de la reparación integral de su incapacidad, tras considerar que la hipoacusia que sufre no guarda nexo causal con las tareas cumplidas para la demandada. Cuestiona, asimismo, que la Sra. Juez de grado hubiera omitido expedirse acerca de la incapacidad reclamada como consecuencia de la hernia inguinal derecha que padece, y refiere que, frente al silencio de la empleadora, el evento dañoso denunciado quedó probado y, en consecuencia, debe ser indemnizado.

Sostuvo Paredes en el libelo inicial que trabajó como operario para O.C.C. –quien explotaba una empresa metalúrgica- desde el 1/7/03.

Refirió que desempeñaba sus tareas bajo condiciones de extrema sonoridad que, a lo largo de los seis años en los que laboró para el accionado, le provocaron una hipoacusia en su oído izquierdo del 80% que le impide llevar adelante una vida normal. Sostuvo que además, las tareas le implicaban la realización de esfuerzo físico debiendo trasladar objetos metálicos de gran peso, lo que le provocó, el día 10/12/08, la aparición de una hernia inguinal derecha, de la que fue intervenido quirúrgicamente el 22/5/09 en la Clínica San Carlos. Sostuvo que debido a sus padecimientos presenta una incapacidad parcial y permanente del 25% de la total obrera que le imposibilita volver a trabajar y que ve limitadas sus labores domésticas familiares en tanto, luego del accidente, la utilización de su miembro superior hábil le provoca severos dolores de los que no puede recuperarse con Fecha de firma: 18/08/2015...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR