Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 24 de Octubre de 2007, expediente Ac 101160

PresidenteHitters-Negri-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2007
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 101.160 "Paramio, P.E. -hoy su sucesión-. Concurso preventivo. R.urso de queja" y su acum. Ac. 101.824 "S.. de Paramio, P.E.C. preventivo (Pequeño concurso). R.. de queja".

//P., 24 de Octubre de 2007.

AUTOS Y VISTO:

  1. El Juzgado en lo Civil y Comercial nº 7 de Mercedes declaró abierto el concurso preventivo de P.E.P. -hoy su sucesión- por conversión de la quiebra anteriormente decretada, dispuso su categorización como "pequeño concurso" (fs. 541 y vta. de los autos principales) y ordenó la publicación de los edictos a practicarse por los sucesores bajo el apercibimiento del art. 30 de la ley 24.522 (fs. 669, íd.).

    Con posterioridad, hizo efectivo tal apercibimiento y declaró a la sucesión de P.E.P. por desistida del concurso preventivo (fs. 677 vta./678 vta., íd.).

    Apelado tal pronunciamiento por los coherederos, la cámara departamental lo confirmó (fs. 700/702, íd.).

    Contra lo así decidido, M.P. dedujo recurso extraordinario de nulidad (fs. 714/716 vta., íd.) y C.P.P. el de inaplicabilidad de ley (fs. 719/724 vta., íd.), los que fueron denegados con fundamento en la falta de definitividad del fallo impugnado (fs. 728 y 729, íd.) dando motivo a la articulación de sendas quejas ante esta instancia (art. 292, C.P.C.C.; fs. 58/60 vta. –Ac. 101.160- y fs.79 y vta. –Ac. 101.824- del legajo).

    Arribada la causa a esta Sede, consta que el juez de primera instancia decretó la quiebra de P.E.P. -hoy su sucesión- (fs. 737/738 del ppal.).

  2. Al respecto, cabe señalar que la resolución en embate, en tanto hizo efectivo el apercibimiento...

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