Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 9 de Abril de 2015, expediente CAF 013381/2009/CA003

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa Nº 13.381/09/CA3 “Papelera Paysandú SAIC c/ EN – Dto 2067/08 Ms Planificación y otro – Resol 1451/08 1493/08 y otro s/ medida cautelar autónoma”

Buenos Aires, 9 de abril de 2015.

Y VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fs.

325/326, por la que el juez de grado declaró abstracta la cuestión y dispuso el levantamiento de la medida cautelar oportunamente dispuesta, con costas en el orden causado; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que las sentencias del tribunal deben atender a las circunstancias existentes al tiempo de su dictado, aunque sean sobrevinientes al recurso de apelación (arg. Fallos 313:1081; 320:1875, entre muchos otros), lo cual resulta aplicable también a las decisiones en los juicios de amparo (Fallos 300:844).

  2. ) Que, durante la sustanciación de la apelación, la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja y revocó la medida cautelar dictada en este proceso, por remisión a lo resuelto en la causa “Alliance One Tabacco SA c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ ordinario”, fallada el 11 de diciembre de 2014 (fs. 38 del incidente de recurso de hecho en autos “Papelera Paysandú SAIC c/ EN – Dto 2067/08 Ms Planificación y otro –

    Resol 1451/08 1493/08 s/ medida cautelar autónoma”, que corre agregado por cuerda).

    En este sentido, debe recordarse que le está vedado a los jueces dictar pronunciamientos inoficiosos por referirse a planteos que se han tornado abstractos al no decidir un conflicto actual (Fallos 315:2093; 320:2603; 322:1436; 329:1898; y sus citas), dado que la desaparición de este presupuesto procesal —caso o controversia — implica la del poder de juzgar (Fallos 315:123, consid. 4).

    Sobre dicha base, resulta inoficioso revisar el levantamiento de una medida cautelar que fue posteriormente revocada por el máximo Tribunal, única cuestión que configura el objeto procesal de este pleito.

  3. ) Que lo expuesto, en el caso, impide acudir al principio rector...

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