Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 7 de Agosto de 2018, expediente CIV 036908/2017

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2018
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 36908/2017 PANKOV, OLEG s/SUCESION AB-INTESTATO Buenos Aires, de agosto de 2018 fs.-50 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Las presentes actuaciones fueron elevadas a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto contra la declaración de incompetencia obrante a fs. 41.

    El apelante se agravió por entender que, en el caso, la competencia no debía determinarse por el último domicilio del causante sino del heredero único.

    El Fiscal de Cámara, al emitir su dictamen, propició

    confirmar la resolución recurrida.

  2. Este proceso fue iniciado por el Sr. B.M. con el fin de que se declare valido el testamento ológrafo expedido por el causante, el cual lo instituye como único heredero.

    El quejoso no desconoce que la regla general para la atribución de la competencia territorial en este tipo de procesos se corresponde con el último domicilio del causante, así como tampoco que este se encontraba en extraña jurisdicción al momento de su deceso. El apelante pretende que se atribuya la competencia a este fuero en relación a su domicilio, invocando al efecto el último párrafo del artículo 2336 CCyCN.

    Tal como lo señaló el F. de Cámara en su dictamen, la norma invocada, por el quejoso no refiere a la atribución de la competencia en materia sucesoria, sino a las acciones personales que los acreedores del causante pudieran pretender.

    ...

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