Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 27 de Octubre de 2022, expediente FLP 027124/2016/CA002

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

La Plata, 27 de octubre de 2022.

Y VISTOS: Este expediente N° FLP

27124/2016/CA2, caratulado: “PANFILI, M.E. c/

ANSES s/REAJUSTE DE HABERES”, proveniente del Juzgado Federal Nº 4 de esta ciudad.

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Llega la causa a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 86/100 por la parte actora contra la resolución de primera instancia que aprobó la liquidación practicada por Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSeS-

    en cuanto ha lugar por derecho que asciende a la suma total de pesos treinta y un mil trescientos cuarenta y tres con veintiséis centavos ($31.343,26), en concepto de diferencia de capital de sentencia y sus intereses y un haber reajustado de pesos diecinueve mil cuatrocientos cincuenta y dos con cuarenta y cinco centavos ($19.452,45) calculados al 31/12/2020.

  2. La actora se agravia respecto de la resolución de fecha 12/5/21, atento que aprobó la liquidación practicada por la parte demandada en cuanto ha lugar por derecho.

    En su escrito, acompaña nueva liquidación confeccionada hasta el mes de abril de 2021 y promueve la ejecución de la sentencia con cobro parcial.

    De igual forma, solicita que no se efectúe la retención del impuesto a las ganancias sobre haberes mensuales, así como tampoco sobre el retroactivo a abonar; manifiesta que las costas debían imponerse a la contraria; requiere la aplicación de astreintes y el embargo posterior en caso de incumplimiento del ente previsional.

  3. Frente a ello, en esta instancia se corrió traslado del memorial y de la liquidación presentada por la actora a la ANSeS, quien impugna los Fecha de firma: 27/10/2022

    Alta en sistema: 28/10/2022

    Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

    cálculos presentados en la liquidación, manifiesta que utiliza un porcentaje erróneo en la obtención del haber de pensión aplicando el 75% cuando debería haber aplicado el 70% como haber inicial de pensión y concluye que todos los cálculos generan diferencias de haberes improcedentes a favor de la viuda del actor obteniendo un haber inicial mayor al que le corresponde.

    Asimismo, en su impugnación plantea un error en la aplicación del Índice Nivel General de las Remuneraciones -INGR- para la actualización de las remuneraciones...

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