Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 30 de Diciembre de 2020, expediente CAF 022825/2019/CA001

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2020
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III

22825/2019 PALACIOS, G.I. TF 38041-I c/

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE

ORGANISMO EXTERNO

Buenos Aires, de diciembre de 2020.- SH

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 115/117vta. el Tribunal Fiscal de la Nación confirmó la resolución (DV NRR1) nº 137/2012 en cuanto determina el impuesto a las ganancias de los periodos 2005 y 2007, con más los intereses resarcitorios y multa en los términos de los arts. 46, 47, incs. a), b) y c) de la ley de procedimiento tributario,

    reduciendo la sanción al mínimo legal.

    La parte actora interpuso el recurso de apelación de fs. 129, sustentándolo por el memorial de fs. 134/143,

    contestado por la demandada a fs.147/152vta.

  2. Que, encontrándose los autos con el llamado al Acuerdo para dictar sentencia, la parte actora, mediante la presentación del 16/03/2020 “ACOMPAÑA 408 PALACIOS

    GERMAN” acreditó la adhesión total a los beneficios instituidos por la ley 27.541 y la resolución 4667/2020, acompañando el formulario 408/NM por un monto de $626.16684, debidamente intervenido por la División Revisión y Recursos de la Direccion Regional Norte el 6/03/2020 (ver sello de fs. 170). A su vez, frente al requerimiento de mayores precisiones efectuado por esta sala el 23/07/2020, por el escrito electrónico CONTESTA TRASLADO FORMALIZA

    DESISTIMIENTO LEY 27541 ACREDITA DOCUMENTAL

    PALACIOS [10/08/2020 13:24], explicitó desistir de la acción y del derecho, allanándose totalmente a la pretensión fiscal. Asimismo, detalló

    que la deuda discutida en el Impuesto a las Ganancias de los períodos fiscales 2005 y 2007, se encuentra debidamente regularizada en el marco de la normativa en trato a través del “Plan MIS FACILIDADES Ley 27541 Deuda Impositiva, Contribuciones SS, Autónomos y Monotributo – Número de Plan: M671448”, Consolidado en fecha 06/03/2020.

    Acompañó el formulario “F.1003 DDJJ, MIS FACILIDADES Ley Fecha de firma: 30/12/2020

    Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

    27541 Deuda Impositiva, Contribuciones SS, Autónomos y Monotributo - Plan Nº M671448” y el Certificado MIPyME 725948328, con vigencia hasta el 30/04/2021. Por último, manifestó con carácter de declaración jurada que el actor no resulta alcanzado por las exclusiones previstas en el artículo 16 incisos a), b), c) y d) de la ley.

  3. Que, corrido el correspondiente traslado, la demandada, mediante la presentación electrónica “CONTESTA TRASLADO - MANIFIESTA - SOLICITA [20/08/2020

    15:19], requirió que la actora exprese en términos más precisos el alcance del desistimiento e manifestó que la jefatura de Sección Recaudación de la Agencia Nº 41, mediante correo electrónico del 28/07/2020, informó el “…con fecha 06/03/2020 el contribuyente...

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