Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 13 de Abril de 2021, expediente CAF 041610/2018/CA001
Fecha de Resolución | 13 de Abril de 2021 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL- SALA V
41610/2018 PALACIO, VIRGINIA BEATRIZ c/ EN-M SEGURIDAD-PFA
s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de abril de dos mil veintiuno,
reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “PALACIO, VIRGINIA
BEATRIZ c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE
LAS FFAA Y DE SEG” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
El Sr. Juez de Cámara, Dr. J.F.A. dijo:
-
Que, por medio de la sentencia del 9
de diciembre de 2020, el juez de primera instancia hizo lugar a la demanda interpuesta, y en consecuencia, condenó al Estado Nacional a incorporar en el concepto “haber mensual”, con carácter remunerativo y bonificable, los adicionales establecidos por los Decreto 2744/93, y sus modificatorios, y el Decreto 1322/06. Asimismo, ordenó abonar las diferencias salariales devengadas de conformidad con el plazo quinquenal establecido en el artículo 4027, inciso 3, del Código Civil, y hasta el efectivo pago. Impuso las costas a la vencida.
-
Que, contra dicho pronunciamiento, el Estado Nacional apeló y fundó sus agravios el 2 de febrero de 2021, los que no fueron replicados por la actora.
El Estado Nacional, se agravia de que en la sentencia recurrida se hizo lugar a la pretensión de la actora. Afirma que los suplementos creados mediante el Decreto nro. 2744/93, no se otorgaron a la generalidad del personal de la Fuerza demanda por ser ellos suplementos particulares. También, cuestiona que en la sentencia recurrida se hizo lugar a la pretensión del actor en lo referente al Decreto 1322/06. Aclara que éste actualiza los montos establecidos por los Decretos 682/04 y 1993/04 cuyo fin es mejorar la capacidad adquisitiva Fecha de firma: 13/04/2021
Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.N.P., PROSECRETARIO LETRADO
de aquellos trabajadores que tengan menores ingresos, y no a todo el sector público.
Asimismo, se agravia del plazo de prescripción aplicable a las retroactividades reconocidas, por considerar que debe aplicarse el plazo bienal previsto en el nuevo Código Civil y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba