¿Paga Ganancias el aguinaldo que se cobra este mes?

El aguinaldo estará alcanzado por el impuesto en el caso de los salarios que, en el promedio mensual de este semestre, superen los $175.000

El año 2021 es atípico -una vez más- en cuanto a las reglas que rigen para el impuesto a las Ganancias. Y el tratamiento que se le da al aguinaldo no queda al margen de ese rasgo. En este ejercicio anual puede ocurrir, por ejemplo, que haya quienes estuvieron alcanzados por el tributo por el cobro de la primera cuota del salario anual complementario (SAC) en junio, y que no lo estén ahora, por la segunda cuota. O viceversa. Todo depende de las remuneraciones obtenidas en cada uno de los semestres.

La resolución 5076 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), emitida a fines de septiembre, establece que el medio aguinaldo que debe llegar en estos días al bolsillo -según la ley 27.073, el pago debe efectivizarse hasta el 18 de diciembre de cada año- está exento si en el segundo semestre la remuneración bruta promedio no supera los $175.000 (eso incluye los sueldos de julio a diciembre). Es el mismo umbral que define, desde septiembre, si el salario mensual queda o no exento.

En cambio, con la cuota del SAC correspondiente a la primera parte del año el impuesto no alcanzó a quienes tenían un salario bruto no mayor a los $150.000 , mientras que con salarios por arriba de ese monto sí se tributó. Eso no se corregirá, según aclara la normativa de la AFIP, dado que lo dispuesto para la última mitad del año no tiene efecto retroactivo.

De esta manera, quienes hayan tenido durante todo el año una remuneración inferior a $150.000, no tienen la carga de Ganancias ni por el salario ni por el aguinaldo en ninguna de las dos cuotas. En cambio, alguien que, por ejemplo, tuvo una remuneración inferior a $150.000 en la primera parte del año, pero en la segunda superó los $175.000 (en el promedio mensual), quedó liberado de la carga fiscal por la primera cuota del salario anual complementario, en tanto que sí tributará por la segunda.

También podría darse el caso de alguien que cobró, en promedio, más de $150.000 entre enero y junio y que en los seis meses siguientes tuvo una remuneración inferior a $175.000; entonces, habrá pagado el impuesto por la primera cuota y queda ahora liberado por lo correspondiente a la segunda. Y quien tiene un salario que en todo el año superó los $175.000 mensuales, tributa por el SAC completo.

Desde hace unos años, en los casos en que corresponde el pago del impuesto el...

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