Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 25 de Agosto de 2016, expediente COM 034171/2012/CA001

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 34171/2012/CA1 PADEC - PREVENCION ASESORAMIENTO Y DEF. DEL CONSUMIDOR C/ BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO.

Buenos Aires, 25 de agosto de 2016.

  1. Banco de Servicios y Transacciones S.A. apeló el pronunciamiento de fs. 812/813 en cuanto rechazó la excepción de litispendencia opuesta en fs.

    590/592, imponiéndole las costas.

    Su recurso de fs. 818, concedido en fs. 819, fue mantenido con el memorial de fs. 822/826, que recibió réplica de la actora en fs. 828/830.

    La apelante se agravia, sucintamente, porque considera que el juez de primera instancia: (*) omitió considerar que los elementos esenciales de este proceso -sujeto, objeto y causa- resultan idénticos a los existentes en otros juicios ya iniciados y, (**) le impuso las costas de la incidencia de manera infundada.

    La señora F. General ante esta Cámara dictaminó en fs. 835/839.

  2. (a) Como es sabido, la excepción de litispendencia (art. 347:4°, Cpr.)

    tiene por finalidad evitar la sustanciación y resolución de dos o más litigios iguales, con el inútil desgaste de la actividad jurisdiccional y la consiguiente pérdida de tiempo y recursos por parte de los litigantes y el peligro de que sean dictadas sentencias contradictorias sobre un mismo derecho (esta Sala, Fecha de firma: 25/08/2016 18.9.14, “Syngenta Agro S.A. c/Serca S.A. y otros s/ejecutivo”; 12.10.07, Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA "Forensa S.A. c/ R., R.O. y otros s/ejecutivo").

    Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.D.F., PROSECRETARIO DE CAMARA #23049127#159236412#20160825094257363 (b) Situados en ese marco conceptual, resulta claro que el presente caso no guarda identidad con los juicios de conocimiento que fueron recibidos en fs. 580/581. En efecto:

    * En la causa “Proconsumer c/Credilogros Compañía Financiera S.A.

    s/sumarisimo” (n° 5236/09), se procura que la demandada se abstenga: i) de financiar a sus clientes usuarios de la tarjeta de crédito V.C. -y de toda otra tarjeta de crédito, de compra o de débito que emita- compras, saldos deudores o adelantos de efectivo en cuotas violando el tope de tasa de interés establecido en el art. 16 -párrafo segundo- de la ley 25.065; ii) de aplicar un “Gasto por gestión de cobranza” en caso de que el titular de la tarjeta incurra en mora en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales; y...

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