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Fecha de disposición16 Noviembre 2018
Fecha de publicación16 Noviembre 2018

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Por Actas de Asamblea Gral. Ordinaria Extraordinaria del 14.3.2017 y su ratificación Asamblea Gral y Extraordinaria del 18.07.2018 y por Acta de Asamblea Gral Ordinaria nº 27 y Acta de Directorio Nº59 ambas del 29.5.2018, todas ellas elevadas a Escritura 154 del 12.11.18 Reg 1108 CABA: (i) se modificó el ARTICULO OCTAVO del estatuto social quedando redactado así: "ARTÍCULO OCTAVO: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura la elección por la asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria. El término de su elección es de tres ejercicios, pudiendo ser reelegidos. La Asamblea fijara el número de directores, así como su remuneración, el Directorio sesionara con la mitad más uno de sus integrantes y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate, el Presidente desempatara votando nuevamente. En su primera reunión designará un Presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares designar un Vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento. En garantía de sus funciones. Los directores individualmente en garantía del desempeño de sus funciones deberán prestar una garantía en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad, o mediante fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, por el importe que ordene la normativa vigente, cuyo costo deberá ser soportado por cada director. En ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la Caja Social. El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social; entre ellos operar con los Bancos de la Nación Argentina, de la Provincia de Buenos Aires, Hipotecario S.A. y toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales o privadas; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación dentro o fuera del...

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