SEBRUMAX S.A.

Fecha de disposición11 Octubre 2018
Fecha de publicación11 Octubre 2018

SEBRUMAX S.A.

Por Asamblea Unánime del 19/03/2018 se resolvió por unanimidad modificar los arts. 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de los Estatutos Sociales conforme el texto que se transcribe a continuación: "ARTÍCULO QUINTO: Conforme lo establecido en el Artículo 188 de la Ley 19.550, la asamblea ordinaria de accionistas podrá aumentar el capital social hasta su quíntuplo sin necesidad de requerir una nueva conformidad administrativa. La Asamblea podrá delegar en el Directorio la época de emisión y las condiciones y forma de pago en los términos del Artículo 188 de la Ley 19.550. ARTÍCULO SEXTO: Las acciones podrán ser ordinarias, nominativas no endosables. Los títulos representativos de acciones y los certificados provisionales, contendrán las menciones establecidas en los Arts. 211 y 212 de la Ley 19.550. Asimismo, los títulos representativos de las acciones y certificados provisionales contendrán la advertencia sobre restricciones a su transferencia establecidas en el Artículo Séptimo del presente. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. ARTÍCULO SÉPTIMO: 7.1. En caso de mora en la integración de las acciones, el Directorio podrá elegir cualquiera de los procedimientos establecidos en el Artículo 193 de la Ley 19.550. 7.2. (i) Restricciones a la transferencia de las acciones. Ningún accionista de la Sociedad podrá efectuar una transferencia de acciones a terceros, salvo que dicha transferencia se ajuste a los procedimientos previstos en el presente Artículo. De igual manera, el Directorio no inscribirá transferencias, garantías o gravámenes de acciones realizadas en contravención a los procedimientos aquí establecidos. A tales efectos se considerará transferencia de acciones directa o indirecta cualquier transmisión a una persona por cualquier causa o título, incluyendo permuta, donación, cesión, y las que resulten de actos tales como la fusión o escisión de sociedades. Las presentes restricciones comprenden no sólo a las acciones de la Sociedad emitidas a la fecha, sino también a todas las acciones de la Sociedad que pudieran ser emitidas en el futuro por cobro de dividendos, suscripciones de capital, revalúos técnicos o contables o cualquier otro título legítimo de adquisición, ya fuere a título gratuito u oneroso. (ii) Derecho de Compra Preferente. En caso que cualquiera de los titulares de acciones de la Sociedad tuviere la intención de transferir sus acciones en la Sociedad a cualquier tercero (incluyendo otros accionistas de la Sociedad), los...

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