Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 10 de Mayo de 2023, expediente CIV 006757/2023/CA001

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2023
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

6757/2023 P., A. S. c/ D.

V. C., P. B. s/REIVINDICACION

Buenos Aires, 10 mayo de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El presente expediente fue asignado a este tribunal en virtud del sorteo efectuado por el Centro de Informática Judicial.

Sin embargo, de las constancias del sistema informático surge la intervención de la Sala B en el expediente “D.

V. C., P.B.c.P., A. S.

s/alimentos” (nº 53598/2020). En esta causa, el actor persigue la reivindicación del inmueble y el cobro del canon locativo donde habita su ex pareja con sus hijos menores, mientras que en aquélla se discute la obligación alimentaria del aquí actor.

El Reglamento para la Justicia Nacional en lo Civil prevé en el art. 4

del Anexo n° 1 que la radicación de Sala en un expediente determinará

definitivamente la asignación del tribunal que debe intervenir en “1. Todas las cuestiones que se susciten en lo sucesivo, tanto en la causa principal,

como sus incidentes, trámites de ejecución de sentencia y en las tercerías relacionadas con aquél. 2. En las causas conexas o íntimamente vinculadas”.

Por consiguiente, ante intervención previa de la Sala B en el expediente indicado, que se trata de procesos entre las mismas personas en torno a una conflictiva familiar y la eventual influencia que pudiera tener esta causa sobre los alimentos reclamados, corresponde rechazar la adjudicación de los presentes y disponer la remisión al tribunal que previno.

Por ello, el tribunal

RESUELVE:

No aceptar la radicación mediante sorteo del presente expediente y disponer la remisión a la Sala B.

Fecha de firma: 10/05/2023

Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.P.R., SECRETARIO

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

Regístrese, notifíquese y remítase el expediente a la citada sala,

previa reasignación por ante el Centro de Informática Judicial.

CARLOS A. CALVO COSTA

MARÍA ISABEL BENAVENTE GUILLERMO D. GONZÁLEZ ZURRO

Fecha de firma: 10/05/2023

Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.P.R., SECRETARIO

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