REY LEYES VALORES S.A.
Fecha de disposición | 29 Julio 2016 |
Fecha de publicación | 29 Julio 2016 |
REY LEYES VALORES S.A.
Constitución de SA "REY LEYES VALORES S.A." por escritura nº105, folio 366, del 22-7-2016. Accionistas: los cónyuges en 1º nupcias Eduardo Omar Rey Leyes, argentino, contador público, nacido 25-6-1964, DNI 17.039.499, CUIT 20-17039499-3 y María Cecilia Vignoles, argentina, empresaria, nacida 21-10-1971, DNI 22.405.951, CUIT 27-22405951-0, ambos domiciliados Sarmiento 470, piso 1, oficina 102, CABA, por 99 años. Sede social: Sarmiento 470, piso 1, oficina 102, CABA. Objeto: a) COMERCIALES: I. Agente de Negociación (AN), de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26.831 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores (CNV) Texto Ordenado 2013 (N.T. 2013) y las que en el futuro las modifiquen, sustituyan o complementen, por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los sistemas de negociación ofrecidos y habilitados en cualesquiera sean los Mercados y/o Cámaras Compensadoras autorizados por la Comisión Nacional de Valores, concertando y registrando operaciones en la tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a esos efectos por la Comisión Nacional de Valores. II. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio (ALYC y AN Propio), de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26.831 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores (CNV) Texto Ordenado 2013 (N.T. 2013) y las que en el futuro las modifiquen, sustituyan o complementen, por lo que, además de desarrollar las actividades propias de los Agente de Negociación (AN), podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas tanto para cartera propia como para sus clientes, siendo en estos casos sólo responsable del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes. III. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral (ALYC y AN Integral), de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26.831 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores (CNV) Texto Ordenado 2013 (N.T. 2013) y las que en el futuro las modifiquen, sustituyan o complementen, por lo que, además de desarrollar las actividades propias de los Agente de Negociación (AN), podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas tanto para cartera propia como para clientes propios, y además...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba