PARTIDO FRENTE GRANDE Distrito Río Negro

Fecha de disposición13 Diciembre 2016
Fecha de publicación13 Diciembre 2016
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

PARTIDO FRENTE GRANDE

Distrito Río Negro

El Juzgado Federal con competencia electoral de Río Negro, hace saber que en los autos caratulados: "PARTIDO FRENTE GRANDE s/ELECCIONES INTERNAS DE AUTORIDADES PARTIDARIAS - del 22/05/2016 Delegados a la Asamblea Nacional, Junta Electoral Provincial y Tribunal de Conducta y del 11/09/2016 Miembros de la Asamblea Provincial, Mesa Ejecutiva Provincial, Comisión de Contralor Patrimonial y Mesas Ejecutivas de Localidad" expediente N° CNE 2713/2016, el partido citado comunicó, en los términos del art. 31 de la Ley 23.298 y sus modificatorias, el Acta N° 4 de fecha 18/11/2016 de Junta Electoral Provincial de la citada agrupación política, fueron proclamadas las nuevas autoridades correspondientes a la Asamblea Provincial, Mesa Ejecutiva provincial, Comisión de Contralor Patrimonial y Mesas de Localidades que por la presente se publican por el término de un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación. -Secretaría Electoral Nacional, 30 de noviembre de 2016.- Fdo. Dra. María Silvina Gutiérrez \u2013 Prosecretaria Electoral Nacional Distrito Río Negro.

ACTA Nº 4

En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, siendo las 10,00 hs. del día 18 de noviembre de 2016, se reúne la Junta Electoral Provincial con la finalidad de dar cumplimiento a lo observado por la sra. Juez Federal MIRTA SUSANA FILIPUZZI, quien solicita mediante Cédula Electrónica de fecha 17/11/16 un Acta de la Junta que contenga todos los órganos partidarios electos con la totalidad en cada caso, de sus miembros (titulares y suplentes), y en acuerdo con lo establecido en el Art. 16º de la Resolución de Convocatoria a Elecciones Internas del Partido Frente Grande de fecha 1º de agosto de 2.016. Acto seguido se aboca a revisar la documentación elevada por "Lista Celeste y Blanca Néstor Kirchner", única que se presentó en los plazos establecidos por la citada Resolución. Analizada la documentación por la Junta Electoral Provincial surge que algunos de las candidatas y candidatos revisten como tales en más de un cargo. Sin embargo en el Artículo 68º de la Carta Orgánica del partido donde se establecen las incompatibilidades, también se faculta a la Asamblea Provincial a dar tratamiento de normas de excepción a dichas Incompatibilidades. En las localidades en las que no se presentaron autoridades para Mesa Local, se deja constancia que no se conformaron listas. En el caso de RAYÓ Mariano DNI Nº 24.648.595, 3º Vocal Suplente de la Mesa Ejecutiva Provincial, se baja su postulación por haber mudado su domicilio a la provincia de Neuquén. Para los casos de SANHUEZA RIQUELME Misael N. DNI 34.292.571, 16º) Delegado Suplente a la Asamblea Provincial, y de RANQUEO María Betsabet, DNI Nº: 22.692.455, 7º) Delegada Suplente a la Asamblea Provincial, se bajan sus postulaciones por no estar afiliados. En razón de ello y con el solo propósito de aportar al fortalecimiento de los partidos políticos, que resultan imprescindibles para la participación de la ciudadanía y la expresión popular, derechos consagrados en el Artículo 24 de la Constitución Provincial, el Artículo 38º de la Constitución Nacional y en las leyes que reglamentan su...

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