Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala E, 22 de Septiembre de 2023, expediente CIV 021133/2021/CA001

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala E

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E

21133/2021

P, P P Y OTRO c/ L, J C s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C

LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de septiembre de 2023.ib VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Por la resolución dictada el 13 de julio de 2023, el Sr.

Juez de grado indicó que no sustanciará el planteo de caducidad de la excepción opuesta por la citada en garantía opuesto por el actor.

Puesto que la decisión adoptada importa el rechazo de la perención articulada, en los términos del artículo 317 del Código Procesal, resulta inapelable.

Por eso, se declarará mal concedido el recurso de apelación deducido el 1° de agosto de 2023.

A tenor de las consideraciones vertidas, SE

RESUELVE:

: Declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto el 1° de agosto de 2023 contra la resolución dictada el 13 de julio del mismo año. Con costas de Alzada en el orden causado (arts. 68 y 69, Cód.

Procesal). N. y devuélvase.

Fecha de firma: 22/09/2023

Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA

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