Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 17 de Diciembre de 2018, expediente CIV 027408/2018/CA001

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 27408/2018 fs. 53 P., J.L. c/C., M.N. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de diciembre de 2018.- PG VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen las presentes actuaciones para su conocimiento en virtud de la apelación deducida por la actora contra la resolución de fs. 43/44 en cuanto desestimó el embargo preventivo solicitado sobre los bienes de los demandados. El recurso se tuvo por fundado con la presentación de fs. 45/47, al deducirse recurso de revocatoria con apelación en subsidio.

  2. El procedimiento cautelar tiene por finalidad el aseguramiento de bienes, para evitar que el derecho que se pretende obtener a través del juicio se torne ilusorio durante el lapso que transcurre entre su iniciación y la sentencia definitiva. Por esas características, no requiere un conocimiento profundo de la materia controvertida en el principal, sino una aproximación meramente periférica, que permita concluir en la existencia de un derecho aunque sea aparente (cf. Palacio, “Derecho...”, T. I-437; C., “Fundamentos...”, n° 203; M. y otros “Códigos Procesales...” T.

    II-C-492 y ss; CNCiv., esta S., r. 21375 del 7-4-86; r. 27255 del 11-

    12-86; r. 29233 del 13-4-87;r. 29649 del 4-5-87; r.301.815 del 25-8-

    2000; r. 412.247 del 5-10-2004; r. 518.927 del 24-10-2008; sala A, 27-

    3-90, ED 137-463; LL 1998-D-286, entre muchos otros).

    De allí que dadas las características del procedimiento de que se trata, no puede pretenderse un conocimiento exhaustivo y profundo de la materia controvertida en el principal, sino sólo uno periférico o superficial, encaminado a obtener un pronunciamiento de mera probabilidad acerca de la existencia del derecho que se reclama y se pretende asegurar por medio de la medida.

    Fecha de firma: 17/12/2018 Alta en sistema: 18/12/2018 Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA #31863706#223807473#20181214080312310 La presente demanda tiene por objeto el reclamo de una indemnización por los daños y perjuicios que el Sr. J.L.P. dice haber padecido a causa del incumplimiento contractual que atribuye a los demandados. El contrato en cuestión fue celebrado el día 30 de septiembre de 2014 entre el actor (locador) y los Sres. M.N.C., P. H.

    M. (ambos locatarios), R.

  3. C. y R.A. de P. (estos últimos fiadores), mediante el cual el primero de los nombrados dio en locación a los segundos el inmueble sito en la calle T. 5615/17 de esta ciudad, por el...

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