FIAT CREDITO COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

Fecha de disposición17 Noviembre 2015
Fecha de publicación17 Noviembre 2015
SecciónAvisos Comerciales

FIAT CREDITO COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

Se hace saber por un día, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 10 de la Ley N° 23.576 y sus modificatorias (la "LON"), lo siguiente: (a) Mediante Acta de Asamblea Nº 36 de fecha 11 de marzo de 2015 y Acta de Directorio Nº 365 de fecha 22 de septiembre de 2015, se aprobó la prórroga del plazo de vigencia y actualización del Programa Global de emisión de Obligaciones Negociables a corto, mediano y/o largo plazo por un monto máximo en circulación de hasta U$S 100.000.000, o su equivalente en cualquier otra moneda de Fiat Crédito Compañía Financiera Argentina S.A. (el "Programa" y la "Sociedad", respectivamente) (b) El Emisor es una sociedad anónima constituida el 31 de julio de 1997 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e inscripta en la Inspección General de Justicia el 1 de septiembre de 1997, bajo el N° 9.660, del Libro 122, Tomo A de Sociedades por Acciones, con un plazo de duración de 99 años a contar desde la referida fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. La sede social de la Sociedad se encuentra en la calle Carlos María Della Paolera 297, Piso 25º (C1001ADA), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. (c) De acuerdo con el artículo tercero del Estatuto, la Sociedad tiene por objeto actuar como Compañía Financiera en los términos de la Ley de Entidades Financieras y de las normas reglamentarias que en su consecuencia dicte el Banco Central de la República Argentina (el "BCRA"), a cuyo fin podrá realizar todas las operaciones y actividades comprendidas en el artículo 24 de la Ley de Entidades Financieras y otras expresamente autorizadas por el BCRA, con excepción de que la captación de depósitos e inversiones a plazo deberá provenir solo de inversores calificados definidos en las normas sobre Depósitos e Inversiones a Plazo y asimismo, que en la emisión de obligaciones negociables el valor nominal de los títulos no podrá ser inferior a la suma de pesos un millón ($ 1.000.000). Atento a lo expuesto la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar los actos, contratos y operaciones compatibles con dicho objeto social, sometiéndose para ello a la legislación vigente y a las disposiciones que dicte el Banco Central de la República Argentina. A los fines descriptos, la Sociedad podrá: (i) Recibir depósitos a plazo sólo de inversores calificados definidos en las normas sobre Depósitos e Inversiones a Plazo, (ii) Emitir y colocar letras y pagarés, (iii) Conceder...

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