EBRAAR S.A.

Fecha de disposición03 Julio 2017
Fecha de publicación03 Julio 2017

EBRAAR S.A.

En acta del 29/3/17 Reformo art. 2º y 3º así: Artículo Segundo: La sociedad tiene una duración de 40 años contados a partir de la inscripción de la presente reconducción el la Inspección General de Justicia, y podrá prorrogarse o disolverse por voluntad social, en cualquier momento. Resuelven por la presente Reconducir la sociedad por 30 años más, declarando que se hacen responsables de todas las operaciones y obligaciones contraídas por la sociedad durante el período en el cual ha permanecido irregular. Artículo Tercero: Comercial e industrial: La compra venta, comercialización, distribución, transporte e industrialización y...

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