DOWLING HNOS. S.R.L.

Fecha de disposición22 Marzo 2019
Fecha de publicación22 Marzo 2019
SecciónSociedades,MODIFICACIONES SRL

DOWLING HNOS. S.R.L.

Comunica que por Reunión de Socios del 12/09/2018 se resolvió: (A) aumentar el capital social en la suma de $ 2.553.733, es decir de $ 1.000.000 a $ 3.553.733, mediante la emisión de 2.553.733 de cuotas, dividiéndose el capital social en 2.985.136 cuotas Clase A, y 568.597 cuotas Clase B. Se reformó la cláusula cuarta del estatuto social de la siguiente manera: "CUARTA. Capital Social. El Capital Social se fija en la suma de $ 3.553.733 (pesos tres millones quinientos cincuenta y tres setecientos treinta y tres), dividido en 2.985.136 (dos millones novecientas ochenta y cinco mil ciento treinta y seis) cuotas Clase A de un peso valor nominal cada una, y en 568.597 (quinientas sesenta y ocho mil quinientas noventa y siete) cuotas Clase B de un peso valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas por cada uno de los socios. Las cuotas Clase B podrán ser convertidas voluntariamente en cuotas Clase A, a exclusiva opción del titular de las cuotas Clase B, con la consiguiente pérdida de los derechos especiales inherentes a las cuotas Clase B convertidas."; (B) modificar la cláusula QUINTA del Estatuto Social, quedando de la siguiente manera: "QUINTA: (I) Administración. La Administración y representación de la Sociedad, estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, por todo el tiempo que dure la sociedad.- Los gerentes continuarán en el desempeño de sus cargos hasta que se formalice su reemplazo en forma legal, y su sucesor haya aceptado el cargo. En caso que el Sr. Eduardo Harriague Castex fuera reemplazado como gerente de la Sociedad o bien, en caso que se estableciera una gerencia plural, el órgano de administración deberá estar integrado por una gerencia plural compuesta por tres (3) gerentes \u2013de los cuales uno (1) será designado por el titular o titulares de las cuotas Clase B- cuyas decisiones se adoptarán en forma colegiada, y se aplicarán las siguientes normas: (i) los gerentes deberán reunirse como mínimo una vez cada tres meses y en cualquier momento a requerimiento de cualquiera de los gerentes mediante notificación a los demás miembros de la gerencia con cinco días de anticipación como mínimo; (ii) el quorum de las reuniones se constituirá con la presencia de la mayoría absoluta de los miembros y las decisiones se adoptarán por la mayoría de votos presentes; en caso de empate el Presidente desempatará votando nuevamente, (iii) en su primera reunión y siempre que no hubiesen sido designados por reunión de socios, los miembros...

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