DA VALORES S.A.

Fecha de disposición17 Septiembre 2018
Fecha de publicación17 Septiembre 2018

DA VALORES S.A.

1) Néstor Daniel AGNESINA, 27/07/1979, comerciante, DNI 27.643.514, Avenida del Libertador 2740, piso 9º, CABA y Andrés Raúl GEDDES, 19/04/1985, Contador Público, DNI 31.651.527, Muñiz 267, CABA, ambos argentinos y casados. 2) 28/08/2018. 3) DA VALORES S.A. 4) 25 de mayo 460, piso 5º, CABA. 5) A) COMERCIALES: I. Agente de Negociación (AN), de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26.831 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores, en adelante CNV, Texto Ordenado 2013 (N.T. 2013) y las que en el futuro las modifiquen, sustituyan o complementen, podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los sistemas de negociación ofrecidos y habilitados en cualesquiera sean los Mercados autorizados por la CNV, ingresando ofertas en la colocación primaria y/o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a esos efectos por la CNV. II. Agente de Liquidación y Compensación Propio, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26.831 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores, en adelante CNV, Texto Ordenado 2013 (N.T. 2013) y las que en el futuro las modifiquen, sustituyan o complementen, además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria), registradas tanto para cartera propia como para sus clientes, siendo en estos casos sólo responsable del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes. III. Agente de Liquidación y Compensación Integral, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26.831 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores, en adelante CNV, Texto Ordenado 2013 (N.T. 2013) y las que en el futuro las modifiquen, sustituyan o complementen, por lo que, además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas tanto para cartera propia como para sus clientes y además ofrecer el servicio de liquidación y compensación de las operaciones que para cartera propia o de clientes concierten otros Agentes de Negociación registrados en la CNV, previa firma de un Convenio de Liquidación y Compensación, contrayendo en éstos casos la responsabilidad del cumplimiento...

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