Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 12 de Septiembre de 2017, expediente CCF 003049/2015/CA001
Fecha de Resolución | 12 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III CAUSA N° 3049/15/CA1: “P.D.J. Y OTROS S/SWISS MEDICAL SA S/AMPARO DE SALUD”.
Buenos Aires, 12 de septiembre de 2017.
VISTOS: los recursos de apelación interpuestos y fundados por: la demandada a fs. 172/178 vta., la actora a fs. 164/170 vta. y por la Sra. Defensora Oficial a fs. 180/184 contra la sentencia de fs.
156/161 vta., cuyos traslados fueron contestados oportunamente y los recursos de apelación de honorarios interpuestos a fs. 177 y a fs. 179 y CONSIDERANDO:
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El Sr. Juez de primera instancia: 1) declaró abstracta la cuestión en cuanto a la cobertura de la prestación de “integración escolar” y “escuela” y 2) admitió la acción de amparo interpuesta y condenó a Swiss Medical a otorgar al menor D.J.P. la cobertura del 100% del tratamiento multidisciplinario prescripto por su médico tratante (y de las prestaciones que requiera en el futuro) a valores del Nomenclador de Prestaciones Básicas para las Personas con Discapacidad. Aplicó las costas a la vencida.
Contra dicho decisorio se alzó S.M. quien arguye que no le corresponde brindar la cobertura de las prestaciones requeridas con prestadores ajenos y que -en su caso- sólo podría cubrirlas (como lo viene haciendo) mediante la modalidad de reintegros conforme al plan de afiliación de los actores y con el límite del Nomenclador.
Asimismo se queja por la obligación de cobertura de “prestaciones futuras” dispuesta por el a quo y por la aplicación de las costas.
Por su parte apelan la actora y la Sra. Defensora Oficial quienes se quejan sustancialmente por la limitación de cobertura de las prestaciones referidas al tratamiento multidisciplinario y solicitan que la misma sea “integral” con fundamento en la ley de discapacidad.
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Sentado lo expuesto, es conveniente puntualizar que el menor D.J.P., de 10 años de edad, es afiliado a Swiss Medical (cfr. fs.
Fecha de firma: 12/09/2017 Alta en sistema: 21/09/2017 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #27106304#187936701#20170913101212253 1/2) y padece “Desfasaje cognitivo Leve” (cfr. certificado de discapacidad de fs. 1), y le fue prescripto tratamiento multidisciplinario con los profesionales que lo atienden en la actualidad (cfr. certificados médicos de fs. 116/124).
Sentado lo expuesto, se advierte que la discapacidad certificada por la autoridad sanitaria sitúa al afiliado en el marco jurídico de la ley 24.091 (cfr. certif. de fs. 1); por lo...
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