BANCO VOII S.A.

Fecha de disposición07 Octubre 2016
Fecha de publicación07 Octubre 2016
SecciónAvisos Comerciales

BANCO VOII S.A.

BANCO VOII S.A. PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA DE CORTO PLAZO. En cumplimiento del artículo 10 de la Ley N° 23.576 y sus modificatorias Banco Voii S.A. (el "Emisor") informa: A. Por Asamblea General Extraordinaria del Emisor celebrada el 25 de julio de 2016 (Acta N° 1488) se aprobó la creación del Programa Global de Emisión de Valores Representativos de Deuda de Corto Plazo por un valor nominal de $ 500.000.000 (o su equivalente en otras monedas) (el "Programa"), cuyos términos y condiciones generales fueron aprobados por el Directorio del Emisor en su reunión del de agosto de 2016 (Acta N° 1490). B. El Emisor fue constituido como sociedad anónima el 11 de julio de 1973 e inscripto en el Registro Público de Comercio el 5 de septiembre de 1973 bajo el Número 1897, del Libro 78 de Sociedades por Acciones. El plazo de duración del Emisor vence el 11 de febrero de 2069, el que podrá ser prorrogado si así lo resolviera una Asamblea Extraordinaria de Accionistas. La sede social del Emisor está ubicada en Sarmiento 336, (C1041AAH) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. C. El Emisor tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier lugar de la República o en el extranjero, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: a) FINANCIERAS: Actuar como banco comercial en los términos de la Ley de Entidades Financieras, y podrá realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en establecimientos propios o ajenos, dentro y fuera del país, todas las operaciones activas, pasivas y de servicios autorizados por dicha ley, sus reglamentaciones y otras normas legales y reglamentarias aplicables a esa clase de entidad financiera. Podrá realizar \u2013entre otras- operaciones que tengan por objeto títulos de crédito o títulos valores públicos o privados, asesoramiento financiero. b) COMERCIALES: El Emisor también podrá actuar como Agente de Liquidación y Compensación de conformidad a la ley 26.831, su decreto reglamentario y las Normas de la Comisión Nacional de Valores, según las actividades que admita la subcategoría en la que resulte registrado -ya sea propio o integral- ante el citado organismo estatal de contralor. En tal carácter podrá actuar como intermediario, interviniendo en la colocación primaria ingresando ofertas o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para...

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