BANCO HIPOTECARIO S.A.

Fecha de disposición03 Agosto 2016
Fecha de publicación03 Agosto 2016
SecciónAvisos Comerciales

BANCO HIPOTECARIO S.A.

Inscripto ante Registro Público de Comercio el 23 de octubre de 1997, bajo el Nº 12.296, Lº 122, Tomo A del Libro Sociedades Anónimas. Se hace saber por un día que BANCO HIPOTECARIO S.A. (la "Sociedad"), una sociedad anónima con domicilio legal en Reconquista 151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, con duración hasta el 23 de octubre de 2097, ha resuelto mediante reunión de Directorio de fecha 11 de mayo de 2016 la prórroga del Programa Global y mediante reunión de Directorio de fecha 15 de junio de 2016 ha resuelto aprobar la ampliación del monto autorizado del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables No Convertibles, Con o Sin Garantía, Subordinadas o No, por un monto de US$ 200.000.000 adicionales (o su equivalente en Pesos), aumentando como consecuencia el monto máximo autorizado hasta la suma de US$ 1.000.000.000 (o su equivalente en Pesos) (el ¨Programa"). Cabe mencionar que el Programa fue aprobado por la Asamblea de Accionistas de la Sociedad celebrada el 23 de mayo de 2008, y por las Asambleas de Accionistas celebradas el 30 de abril de 2010, 27 de marzo de 2012, 24 de abril de 2014 y 13 de abril de 2016 por las cuales se renovaron las facultades delegadas en el Directorio. Cabe mencionar que el Programa fue originariamente aprobado por Asamblea de Accionistas de la Sociedad por un monto máximo en circulación de hasta US$ 2.000.000.000. El Directorio de la Sociedad, haciendo uso de las facultades delegadas resolvió con fecha 9 de febrero de 2011 reducir el monto máximo del Programa por un monto en circulación de hasta US$ 500.000.000, resolviendo con posterioridad en su reunión del 6 de mayo de 2015 su ampliación por hasta la suma de US$ 800.000.000 y mediante resolución de fecha 15 de junio de 2016, resolvió aumentarlo a la suma de US$ 1.000.000.000 (o su equivalente en Pesos). En la asamblea de accionistas celebrada el 13 de abril de 2016 y resolución del Directorio de fecha 11 de mayo de 2016 se resolvió aprobar la solicitud de prórroga del Programa. Las obligaciones negociables podrán: (i) devengar intereses a una tasa fija o a una tasa flotante o variable determinada mediante referencia a una o más tasas básicas, índices o fórmulas que se especifiquen en el suplemento de precio aplicable, (ii) emitirse sobre una base totalmente descontada y no devengar intereses, o (iii) cualquier combinación de las alternativas anteriores. Las Obligaciones Negociables podrán contar o no con algún...

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