Sentencia de Sala 2, 12 de Diciembre de 2014, expediente CFP 010012/2011/5/CA004

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2014
EmisorSala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 10012/2011/5/CA4 CCCF- Sala 2 CFP 10.012/2011/5/CA4 “A., P. s/ procesamiento y embargo”

Juzg. Fed. N° 12 - Sec. N° 24 Buenos Aires, 12 de diciembre de 2014.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Que las presentes actuaciones se elevaron a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por los Dres. F.A.B. y A.D., por la defensa de P.B.A., contra los puntos I y II de la resolución glosada a fs. 1/20 de este incidente, a través de los cuales el Sr.

Juez de grado dispuso el procesamiento de la nombrada en orden al delito de falsificación de instrumento público y mandó trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de veinte mil pesos ($ 20.000).

Que en ocasión de resolver el incidente n° 34.198 esta Alzada revocó el procesamiento de A., encomendando al Sr. Juez de grado profundizar la pesquisa en torno a ciertas circunstancias que no habían sido debidamente esclarecidas (Reg. n° 37.350 del 13 de marzo de 2014).

Recibido el expediente, el Sr. Juez de grado ordenó una serie de diligencias probatorias en dicho sentido y, a partir de los resultados que estas arrojaron, resolvió de la forma aquí cuestionada.

La defensa sostiene que los elementos agregados al expediente con posterioridad a la última intervención de esta Sala no permiten vincular a P.A.

con los hechos investigados en autos. Por otro lado, manifiesta que el monto del embargo resulta desproporcionado.

Fecha de firma: 12/12/2014 Firmado por: H.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.V.L., Secretaria de Cámara

III- Ahora bien, analizadas las actuaciones y llegado el momento de decidir, los suscriptos entienden que las pruebas reunidas durante la instrucción permiten tener por acreditada la intervención de la imputada en los hechos por los cuales fue prevenida, razón por la cual la resolución impugnada será

homologada.

Debe recordarse que R. y A., quienes fueron sobreseídos, en ocasión de realizar sus descargos indicaron que P.A. tuvo una participación activa en las gestiones necesarias para obtener el formulario 08 firmado por un representante de Fun Business S.A., sociedad titular de la motocicleta (fs. 35/36, 45/47, 210/212).

En sentido similar declaró S., quien se encuentra procesado en orden al delito de falsificación de instrumento público (fs. 77/81, 172/174).

Por otro lado, J.C.L. manifestó haber comprado el formulario 08 n° 2.180.260 a pedido...

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