Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 21 de Septiembre de 2022, expediente CIV 092094/2021/CA001

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”

92094/2021

P, B J c/ B G, S V s/FILIACION

Buenos Aires, de septiembre de 2022.- PEG

AUTOS Y VISTOS:

I.-Fueron elevadas las presentes actuaciones para conocer sobre los recursos de apelación deducidos a fs. 79/80 por el Defensor Público de Menores e Incapaces de grado contra la resolución de fs.

100 (punto II de la parte resolutiva) que dispuso mantener la providencia de fs. 58 en cuanto ordenó iniciar por separado la acción de impugnación del reconocimiento de la paternidad; y el deducido por la parte actora contra el pto. I de la parte dispositiva de la resolución de fs. 100, que mandó intimar al actor a que en el plazo de cinco días manifestara si desistía de la acción de filiación. Los recursos fueron concedidos a fs. 100 y 105 respectivamente. El dictamen de la Defensora Pública de Cámara luce a fs. 118/119,

mientras que el del Sr. Fiscal de Cámara obra a fs. 125/132.

  1. El presente expediente de filiación extramatrimonial fue iniciado en noviembre de 2021 por B J P contra S V B G, con el objeto de reclamar el emplazamiento como padre de D Z B,

    requiriendo a su vez la medida cautelar de prohibición de salida del país de la niña - que fue otorgada-.

    Posteriormente, el actor acreditó que con fecha 15 de diciembre de 2021, realizó el reconocimiento formal de la niña por ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las personas.

    En oportunidad de contestar demanda, S V B G negó los hechos alegados; reconoció conocer al actor desde 2016 y haber tenido una relación con él, pero sostuvo que al tiempo dejaron de salir y conoció a otra persona de quien quedó embarazada.

    Fecha de firma: 21/09/2022

    Alta en sistema: 22/09/2022

    Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.J.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”

    Al notificarse del reconocimiento paterno ulterior formulado por el actor ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas, la progenitora lo impugnó y acompañó estudio de ADN

    realizado en el laboratorio Lab Testing Group con resultado negativo,

    sosteniendo que el actor se ubicó arbitrariamente en una posición que no le correspondía.

    Finalmente, se dio traslado de ese estudio y el juzgado intimó al actor en el punto I de la parte resolutiva de fs.100 para que informara si desistía de la acción, ante lo cual el actor desistió de la misma a fs. 101, que fue consentido por la...

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