ALIANZA FRENTE CÍVICO Y SOCIAL - CAMBIEMOS Distrito Catamarca

Fecha de disposición06 Julio 2017
Fecha de publicación06 Julio 2017
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

ALIANZA FRENTE CÍVICO Y SOCIAL - CAMBIEMOS

Distrito Catamarca

El Sr. Juez Federal con Competencia Electoral Subrogante del Distrito Electoral Catamarca Dr. Ricardo Antonio Moreno, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en el art. 63 in fine de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos n° 23.298, la siguiente Resolución y Carta Orgánica Partidaria (Expte. n° CNE 5307/2017). 5307/2017- FRENTE CIVICO Y SOCIAL - CAMBIEMOS s/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL - FRENTE CIVICO Y SOCIAL - CAMBIEMOS San Fernando del Valle de Catamarca, 22 de junio de 2017. Fallo N°: 1311-17 Y VISTO: Estos autos N° 5307/17 - caratulados Alianza "FRENTE CIVICO Y SOCIAL - CAMBIEMOS s/reconocimiento de alianza electoral", para resolver el pedido de reconocimiento de personería como Alianza de Distrito de la alianza "FRENTE CIVICO Y SOCIAL - CAMBIEMOS", formulado por los apoderados y CONSIDERANDO: Que, a fs. 56 se presentan los Dres. Verónica Alejandra Calascibetta, María Silvana Carrizo, Carolina Patricia Vega, Gustavo Cusumano, Laura Anahi Romero, Vilma Alcazar, Juan Nóblega y Mariano Manzi invocando el carácter de apoderados de la Alianza "FRENTE CIVICO Y SOCIAL - CAMBIEMOS", y solicitan el reconocimiento de la coalición para participar de los comicios previstos para el año en curso con el objeto de elegir cargos de Diputados Nacionales, y cargos electivos provinciales y municipales conforme lo expresan en el acta constitutiva. Acompañan, Acta constitutiva (fs. 1/5) Anexos 1 de fs 6/13 y Anexo II de fs. 14/20, donde surgen los partidos integrantes "Unión Cívica Radical", "Pro Propuesta Republicana", "Coalición Cívica ARI", "Partido Socialista", "Partido Fé", "Movilización" y "Nuevo Espacio de Opinión" la denominación adoptada, que es la tradicionalmente utilizada por estos partidos; a fs. 32/55 obran las respectivas actas y documentos partidarios donde reflejan la voluntad de las agrupaciones de conformar la coalición; a fs. 14/20 y 20 vta. es agregada Plataforma Electoral y a fs. 21/28 el Reglamento Electoral. Que, a fs. 57, se tiene por iniciado el trámite de reconocimiento de personería de la alianza bajo la denominación "FRENTE CIVICO Y SOCIAL - CAMBIEMOS", y a los fines de la oposición al nombre adoptado, se dispone la notificación a los apoderados de las otras agrupaciones políticas, y su publicación en el Boletín Oficial de la Nación, en los términos del artículo 14° de la Ley 23.298. Asimismo, se dispone correr vista al Señor Fiscal Federal para que emita opinión sobre si se ha dado cumplimiento con los requisitos exigidos por la ley para el otorgamiento de la personería solicitada. A fs. 60 obra informe de Secretaría que los partidos políticos que conforman la coalición registran personería jurídica política vigente en este distrito. Que, a fs. 58 luce agregado el edicto cuya publicación fue ordenada a fs. 57; y a fs. 61/70 el "informe de...

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