Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 24 de Julio de 2019, expediente FMZ 056051768/2003/CA001
Fecha de Resolución | 24 de Julio de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A 56051768/2003 OYHARZABAL DE S.S., J. ESTELA c/
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD s/EXPROPIACION INVERSA
Mendoza, 24 de julio de 2019.
AUTOS Y VISTOS:
Los presentes autos Nº 56051768/2003/CA1, caratulados:
OYHARZABAL DE S.S., J. ESTELA c/
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD s/ EXPROPIACION
INVERSA
, venidos a esta Sala A del Juzgado Federal Nº 2 de San Juan,
para resolver el recurso de reposición efectuado por la representante de la
demandada, contra la providencia de fs. 853, que ordeno a la parte actora el
pago del franqueo establecido por el artículo 257 del C.P.C.C.N..
Y CONSIDERANDO:
-
Que contra el decreto de fs. 853, el cual dispone a los actores el
pago previo del franqueo prescripto en el segunda párrafo del art. 257 del
C.P.C.C.N., el representante de la parte demandada interpuso recurso de
reposición, con la finalidad de que se revoque dicha providencia por contrario
imperio, teniendo por desistido al recurrente del recurso extraordinario
concedido atento a la falta de pago (dentro del término establecido)del
franqueo a su cargo y por vencido el plazo legalmente establecido para la
remisión de las actuaciones por el Tribunal a la Corte Suprema.
-
Que de la lectura del escrito recursivo de fs. 855/856 y vta., se
observa que la representante legal de la demandada, intenta cuestionar una
Fecha de firma: 24/07/2019 Alta en sistema: 15/08/2019 Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA #19678584#239047939#20190705125802490 providencia que se encuentra cumplida en tiempo y forma por parte de la
actora, ya que el decreto obrante a fs. 853, le fue notificado a la actora el día
12/11/2019 (según cedula Nº 18000022897057) y a fs. 854 presenta un escrito
la parte actora, con fecha 14/11/2018, el cual trae adjunto el pago del franqueo
solicitado en el decreto de fs. 853; por lo que claramente puede observase que
la actora cumplió con el previo impuesto por esta Alzada.
Asimismo, esta Tribunal entiende que el recurso de reposición no
debió interponerse sobre...
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