Sentencia de Sala I, 24 de Septiembre de 2013, expediente 48.658

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2013
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Sala I, Causa N° 48.658 “OVIEDO,

R. y otro s/sobreseimiento”.

Juzgado N° 11 - Secretaría n° 22.

E.. n° 1858/2012/3.

R.. n° 1175

Buenos Aires, 24 de septiembre de 2013.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. El Sr. Fiscal, Dr. F.D., interpuso recurso de apelación a fs. 200/1 contra la resolución de fs. 196/199 por la que el Sr. Juez de grado resolvió sobreseer a R.L.O. y a B.D.S..

  2. La causa se inició el 26 de febrero de 2012 a raíz del procedimiento realizado por personal de Gendarmería Nacional Argentina –

    Cinturón Sur-, en el interior de la Villa 1-11-14 de esta ciudad, la cual observó:

    …la presencia de dos personas de sexo masculino, los cuales llevaban una mochila color negro y el otro, en una de sus manos, llevaba una bolsa de consorcio color negra, quienes al advertir la presencia del personal de la fuerza se dieron a la fuga. En consecuencia, se dio la voz de ‘alto gendarmería’ para que se detengan, no haciéndolo. Por esta razón uno fue interceptado con una mochila negra y el otro, metros más adelante, llevando una bolsa de consorcio color negra

    (cfr. acta de procedimiento de fs. 6/7 vta.).

    De acuerdo con el relato volcado en esa actuación, tras una breve persecución, los preventores lograron detener a los imputados y requisaron sus pertenencias. Sin embargo, por razones de seguridad y atento a la cantidad de personas que se fueron acumulando en el lugar, se trasladó el procedimiento a un destacamento de la fuerza donde se secuestraron, del interior de la mochila mencionada, cuarenta y cinco (45) envoltorios de cocaína y ciento noventa y cinco (195) envoltorios de marihuana.

    Según esa descripción, durante la continuación del procedimiento, R.L.O. habría referido de manera espontánea que:

    …en la manzana 23, casa 126, en el primer piso, departamento ‘2’, se encontraría una persona de sexo masculino quien se llamaría R., y el mismo sería uno de los distribuidores de droga de esa manzana

    (cfr. fs. 7vta.).

    Luego de ese procedimiento y de las detenciones de los encartados, el Cabo 1º S.F. informó telefónicamente al Juzgado interviniente que el supuesto proveedor de droga sería R.L.O.,

    domiciliado en la Manzana 23, casa 126, departamento 2, que ese sujeto estaba “cargado”, que ya se había verificado dicho domicilio y que había personal de civil en el lugar (cfr. fs. 1).

    Frente a ello, el J. a quo ordenó el allanamiento de esa finca, y en caso de que la medida fuere exitosa, la detención del supuesto proveedor.

    A fs...

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