Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 9 de Marzo de 2023, expediente COM 020160/2016/CA003

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2023
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

OTIS (ARGENTINA) S.A. c/ COPIJSUD Y OTRO s/ORDINARIO

ExpedienteN° 20160/2016/

Buenos Aires, 09 de marzo de 2023.

Y VISTOS:

En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por el profesional beneficiario de la regulación apelada, se elevan a 0,72 UMA -equivalentes a $9.000 al día de la fecha-, los estipendios del Dr.

M.M.R.L., regulados a fs. 386 (arts. 16, 19, 21, 24,

29:f, 34, 41 y 54:ter de la ley 27.423).

N. por Secretaría.

Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.

Devuélvanse las actuaciones al juzgado de trámite, a cuyo fin remítanse digitalmente las presentes actuaciones.

Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art.

109 RJN).

E.R.M.

J.V.

R.F.B.

SECRETARIO DE CÁMARA

En la misma fecha se registró la presente en el protocolo de sentencias del sistema informático Lex 100. Conste.

R.F.B.

SECRETARIO DE CÁMARA

Fecha de firma: 09/03/2023

Alta en sistema: 10/03/2023

Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

OTIS (ARGENTINA) S.A. c/ COPIJSUD Y OTRO s/ORDINARIO Expte. N°20160

Firmado por: E.R.M., VOCAL

Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

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