Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Febrero de 2019, expediente Rc 123050

Presidentede Lázzari-Kogan-Negri-Genoud
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2019
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

"O.R.M.E. C/ R. J. L. S/ ACCION COMPENSACION ECONOMICA" La Plata, 20 de Febrero de 2019. AUTOS Y VISTOS: I. La señora M.E.O.R. inició, ante el Juzgado de Familia n° 2 del Departamento Judicial de Mercedes, acción de compensación económica y liquidación de sociedad conyugal contra J.L.R. (v. fs. 3/4). El órgano citado, al corroborar mediante copia certificada de la sentencia de divorcio de las partes que el mismo tramitó por que ante el Juzgado de Paz Letrado de San Antonio de Areco y en atención a los principios de laperpetuatio jurisdictionisy deforum conexitatis, estimó que correspondía la intervención del juez que previno en el conflicto familiar, dado que los presentes constituyen una prolongación de la misma controversia (v. resolución de fecha 13 de julio de 2018). A su vez, el requerido rehusó su intervención con fundamento en la especialización del fuero de Familia y en que por ser la compensación económica una institución novedosa introducida en el actual Código Civil y Comercial, no está contemplada, por tanto, en la ley 5.827. En virtud de lo expuesto, devolvió las actuaciones a la magistrada de Familia (v. resolución de fecha 28 de septiembre de 2018), quien las elevó ante esta Corte (v. proveído de fecha 19 de octubre de 2018). II. Reiteradamente se ha puesto de manifiesto que esta Corte sólo resuelve las cuestiones de competencia...

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