Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 31 de Agosto de 2018, expediente CAF 034642/2017/CA001
Fecha de Resolución | 31 de Agosto de 2018 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V CAF 34642/2017/CA1 “OTAZU ANIBAL Y OTROS c/
EN-M SEGURIDAD - PNA- s/
PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”
Buenos Aires, de agosto de 2018.-
VISTO:
El recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada a fojas 92/101, replicado por la actora a fojas 103/107, contra la sentencia de fojas 89/90.
Y CONSIDERANDO:
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Que a fojas 89/90, esta S. rechazó los recursos interpuestos por ambas partes y, en consecuencia, confirmó la sentencia de grado que condenó al Estado Nacional a incorporar en el sueldo del actor, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos creados por el Decreto Nros. 1307/12 y 854/13, y sus modificatorios.
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Que disconforme con dicha decisión, a fojas 92/101 la parte demandada dedujo recurso extraordinario, el cual fue replicado por su contraria a fojas 103/107.
En lo que aquí importa, sostuvo que en el fallo recurrido se efectuó una errónea interpretación de la aplicación y de los alcances de los artículos 54 y 62 de la Ley N° 18.398, y Decretos Nros. 1307/13 y 854/13, dando lugar a una cuestión federal simple.
Por otro lado, manifestó la existencia de arbitrariedad en la sentencia recurrida -por carecer de fundamentación lógica y sustento legal-, como así también de gravedad institucional, por superar el mero interés individual de las partes.
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Que en este estado, corresponde analizar la procedencia del recurso extraordinario interpuesto por la demandada.
Fecha de firma: 31/08/2018 Alta en sistema: 03/09/2018 Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #29972022#214633708#20180828110626099 Al respecto, corresponde señalar que toda vez que el pronunciamiento de esta Sala interpreta los artículos 54 y 62 de la Ley N°
18.398 y los Decretos Nros. 1307/13 y 854/13, y demás normas de carácter federal en sentido adverso al postulado por el recurrente corresponde conceder el recurso extraordinario deducido, fundado en dicha causal (Fallos 329:669; 330:304).
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Que por otra parte, cabe aclarar que tanto la gravedad institucional como la arbitrariedad atribuida a la sentencia constituyen causales que no...
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