Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 5 de Abril de 2022, expediente CIV 064533/2017
Fecha de Resolución | 5 de Abril de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala H |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H
64533/2017
OSSO, M.L. Y OTRO c/ RAMONI, ANGEL LUIS
RAIMUNDO Y OTRO s/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
Buenos Aires, 5 de abril de 2022.- LF
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
Las presentes actuaciones fueron virtualmente elevadas a esta Sala a efectos de resolver el recurso de apelación subsidiariamente articulado por los actores con fecha 23 de noviembre de 2021, contra la providencia dictada el pasado 18 de noviembre de 2021. El recurso de revocatoria fue desestimado con fecha 7 de diciembre de 2021, oportunidad en la que se concedió el recurso de apelación que se tuvo por fundado con los argumentos vertidos en aquella presentación.
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Mediante el pronunciamiento recurrido, la magistrada de grado desestimó el pedido formulado por los actores con fecha 4 de mayo de 2021 por el que habían solicitado el levantamiento de la clausura que pesa sobre el inmueble objeto de autos (decretada en el marco de la causa penal que tramitó por ante el Juzgado Criminal y Correccional N° 25) para permitir el libre acceso y disposición del inmueble a los actores.
Para así decidir, destacó que por ante su mismo juzgado se encontraban tramitando los autos “V.L. c/ R.R.A. s/ prescripción adquisitiva (Expte. n°:
44.211/2018)” en los que el allí actor, también persigue la adquisición del dominio sito en la calle C.2., matrícula FR 7-7370
de esta ciudad.
Ponderó que, por existir distintas personas físicas que invocan tener derecho a la posesión del mismo bien y por encontrarse ello controvertido, no correspondía admitir, por el momento, lo Fecha de firma: 05/04/2022
Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA
pretendido. Por los mismos fundamentos, consideró que tampoco resultaba posible otorgar la tenencia del inmueble.
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Los actores cuestionaron dicha decisión. Destacaron que finalizaron las circunstancias en que las que se basó la clausura;
que la decisión recurrida supone una nueva clausura que carece de fundamentos; que de las constancias de la causa penal y de estas actuaciones surge que ellos se encontraban en posesión del inmueble al momento de dictarse la clausura; que en la causa penal se autorizó
el ingreso a la propiedad para retirar documental y que ello demuestra que allí se encontraba montado su estudio jurídico; que han acreditado los derechos posesorios que invocan y que la decisión en crisis lesiona dichos...
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