Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 16 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2017
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita255/17
Número de CUIJ21 - 511073 - 1

Reg.: A y S t 275 p 47/51.

Santa Fe, 16 de mayo del año 2.017.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de J.O. contra el acuerdo 533, del 12 de agosto de 2016, dictado por los Jueces del Colegio de Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario, doctores A., D. e I.A., en autos caratulados "ORTIZ, JULIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS: 'ORTIZ, JULIO S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO EN CONCURSO REAL CON TENENCIA ILEGÍTIMA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL (ARTS. 79 EN FUNCIÓN DEL 41 BIS, 189 BIS INC. 2° PÁRRAFO 1°, 45 Y 55 DEL C.P.)" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00511073-1); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por decisión del 12 de agosto de 2016, los Jueces del Colegio de Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario, doctores A., D. e I.A., confirmaron la resolución apelada por medio de la cual, a su turno y en lo que aquí interesa, el Tribunal Penal Oral de Primera Instancia -integrado por los doctores R., S. y M.-, había condenado a J.O. a la pena de diez años y ocho meses de prisión efectiva, accesorias legales y costas, por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de homicidio agravado por empleo de arma de fuego en concurso real con tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil (arts. 79; 41 bis; 189 bis, inc. 2, párrafo 1; 45; 55; 12; 29, inc. 3; 40 y 41, C.P., cfr. fs. 2/7v.).

  2. Contra este fallo deduce la defensa técnica del imputado recurso de inconstitucionalidad (fs. 9/33v.).

    Postula como primera causal de descalificación del pronunciamiento impugnado, valoración arbitraria de la prueba y falta de aplicación del principio "in dubio pro reo" y de la presunción de inocencia.

    Se agravia de que la Alzada tuviera en cuenta los dichos del imputado al declarar en la audiencia imputativa, por cuanto ésta no fue reeditada en el juicio oral y por entender que no resulta válido tomar sólo una parte de la declaración.

    Por otro lado, refiere que existe acuerdo entre todos los involucrados en el conflicto respecto a que los disparos realizados por el justiciable tuvieron su origen en una reyerta protagonizada con la víctima. Agrega que la discusión comenzó en forma discursiva para luego convertirse en agresiones físicas y culminar con el disparo de un arma de fuego por parte de O.. Cuestiona que el A quo se apartara de esta plataforma fáctica y realizara su propia interpretación de los hechos, cuando -reitera- no había sido cuestionada por las partes.

    Asimismo, explica...

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